Vistas de página en total

lunes, 4 de junio de 2012

Los 70 congresistas que se beneficiarían de la reforma a la justicia: elespectador.com


4 Jun 2012 - 8:43 am
Conflicto de intereses parlamentario
Los 70 congresistas que se beneficiarían de la reforma a la justicia
Por: Alfredo Molano Jimeno y Juan David Laverde
Unos 39 tienen procesos de pérdida de investidura y los demás por parapolítica.
El Observatorio Nacional Permanente de la Justicia denunció que “es inmoral” que 70 parlamentarios con procesos abiertos  en la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado participen en el trámite de la controvertida reforma a la justicia.(Lea más sobre la reforma a la justicia).
El diálogo con El Espectador, la directora de esta organización, María Del Pilar Arango, aseguró que después de hacer una depuración en las listas públicas de investigaciones por parapolítica o demandas de pérdida de investidura, se pudo establecer que existen 70 legisladores que resultarían beneficiados de aprobarse este acto legislativo. (Lea sobre los inamovibles de la reforma).
En palabras castizas, Arango señaló que estos congresistas son juez y parte en esta reforma que busca en su criterio quitarle dientes a la justicia. “Están legislando en causa propia.  Ellos se amparan en una ley que estableció que cuando se adelanten reformas constitucionales no aplicará el conflicto de intereses. Pero en este caso es absurdo”. (Lea por qué califican de "aberrante" la reforma).
María del Pilar Arango no duda en afirmar, tal  como lo había advertido la Misión de Observación Electoral (MOE),  es una reforma política disfrazada de reforma judicial. “Les debería dar vergüenza a los parlamentarios esto que está ocurriendo”.
El polémico acto legislativo, que está a un solo debate de aprobarse, tiene en total a 18 senadores y 16 representantes a la Cámara con investigaciones por el escándalo de la parapolítica. Así mismo, existen 16 senadores y 23 representantes a la Cámara que tienen procesos activos por pérdida de investidura en el Consejo de Estado.
En los casos de Dilián Francisca Toro, Armando Benedetti, Óscar Mauricio Lizcano, Jaime Cervantes Valero  y  Eduardo Agatón Diazgranados tienen expedientes en ambos tribunales.  Con cifras en mano, el Observatorio Nacional Permanente de la Justicia pretende advertirle a la ciudadanía lo que está ocurriendo en el Congreso de la República y las repercusiones que esta reforma puede tener en las distintas investigaciones que se adelantan contra 70 parlamentarios.
“El mensaje para la sociedad es de un acto inmoral y antiético que pretende acabar con las investigaciones. Eso no es un buen ejemplo para el país. Se están llevando la justicia por los cachos”, concluyó María del Pilar Arango.
Esta es la lista de congresistas  que, según el Observatorio Nacional Permanente de la Justicia,  tienen impedimentos éticos para participar del debate de la reforma a la justicia.

Procesos por pérdida de investidura:
·         Jose Ignacio Bermúdez Sanchez (Cámara)
·         Rubén Darío Rodríguez Góngora (Cámara)
·         Gerardo Tamayo Tamayo (Cámara)
·         Felipe Fabián Orozco Vivas (Cámara)
·         Eduardo Agatón Diazgranados (Cámara)
·         Miguel De Jesús Arenas Prada (Cámara)
·         Ángel Custodio Cabrera (Cámara)
·         Pedrito Tomas Pereira (Cámara)
·         Jaime Cervantes Valero (Cámara)
·         Héctor Javier Vergara (Cámara)
·         Issa Eljadue Gutiérrez (Cámara)
·         Mónica Del Carmen Anaya (Cámara)
·         Dilian Francisca Toro (Senadora)
·         Plinio Edilberto Olano Becerra (Senador)
·         Manuel Enrique Rosero (Senador)
·         Piedad Zuccardi (Senadora)
·         Juan Carlos Velez Uribe (Senador)
·         Armando Benedetti (Senador)
·         Carlos Roberto Ferro Solanilla (Senador)
·         Jorge Aurelio Iragorri Hormaza (Senador)
·         José David Name (Senador)
·         Libardo Enrique García (Cámara)
·         Óscar Mauricio Lizcano Arango (Senador)
·         Luis Enrique Dussán López (Cámara)
·         Roy Barreras Montealegre (Senador)
·         Fuad Emilio Rapag (Senador)
·         Juan Lozano Ramírez (Senador)
·         Victoria Eugenia Vargas (Cámara)
·         Eugenio Prieto Soto (Senador)
·         Eduardo Jose Castañeda (Cámara)
·         Bernardo Miguel Elías Vidal (Senador)
·         Eduardo Merlano Morales (Senador)
·         Nicolás Antonio Jiménez Paternina (Cámara)
·         Oscar De Jesús Marín (Cámara)
·         Hernando Cárdenas Cardoso (Cámara)
·         Rafael Romero Piñeros (Cámara)
·         Jaime Alonso Vásquez Bustamante (Cámara)
·         Simón Gaviria Muñoz (Cámara)

Por parapolítica:
Senado:
·         Musa Besaile Fayad
·         Manuel Guillermo Mora Jaramillo
·         Eduardo Enríquez Maya
·         Myriam Alicia Paredes Aguirre
·         Armando Bennedetti Villaneda
·         Dilian Francisca Toro
·         Carlos Emiro Barriga Peñaranda
·         Daira Galvis
·         Óscar Mauricio Lizcano 
·         Héctor Julio Alfonso López
·         Rodrigo Villalba Mosquera
·         Olga Suárez Mira
·         Juan Córdoba Suarez
·         Félix José Valera
·         Jorge Eduardo Londoño
·         Nora María García Burgos
·         Martín Emilio Morales
·         Juan Manuel Corzo                 

Cámara
·         Guillermo Rivera Flórez
·         Pedro Muvdi Aranguerna
·         Jaime Armando Yepes Martínez
·         Fernando de la Peña Márquez
·         José Ignacio Mesa Betancur
·         Álvaro Pacheco Álvarez
·         Carlos Escobar Córdoba
·         Jaime Cervantes Valero 
·         Roberto José Herrera
·         Diego Patiño Amariles
·         Jaime Armando Yepes
·         Carlos Enrique Ávila
·         José Ignacio Bermúdez
·         Didier Alberto Tavera
·         Manuel Antonio Carebilla
·         Víctor Hugo Moreno
·         Juan Manuel Campo Eljach
·         Eduardo Agaton Diazgranados Abadía

domingo, 3 de junio de 2012

"Pretenden acabar con los procesos de la parapolítica": Augusto Ibañez, expresidente Corte Suprema de Justicia.


2 Jun 2012 - 9:00 pm

"Pretenden acabar con los procesos de la parapolítica"

Por: Cecilia Orozco Tascón / Especial para El Espectador

El expresidente de la Corte Suprema Augusto Ibáñez, uno de los más duros defensores de la independencia judicial en tiempos de Álvaro Uribe, se retiró tres años antes de cumplir su periodo de magistrado.

“Hay quienes creen que el ejercicio del poder que se les delega es de por vida. Otros sabemos que existen límites”, dice el exmagistrado Augusto Ibáñez. / Gustavo Torrijos - El Espectador

Cecilia Orozco Tascón.- Es raro que a las puertas de una reforma a la justicia en la que se pretende aprobar la ampliación del periodo de los magistrados a 12 años, usted renuncie a 3 que aún le faltaban y a 4 del incremento ¿Tomó esa decisión en el momento equivocado?
Exmagistrado Augusto Ibáñez Guzmán.- No. Estoy satisfecho con mi decisión y no perdí 7 años, como usted sugiere, sino que gané 5 de experiencia: en la época que me correspondió ejercer como magistrado, logramos pulir asuntos de gran interés y actualidad desde el ángulo del Derecho Penal Internacional, y nos pusimos a su altura. Cuando presenté mi renuncia, la sala plena de la Corte había determinado que la ampliación de los periodos era un tema que la corporación no debía discutir y yo estuve plenamente de acuerdo con esa posición. De tal forma que ni siquiera consideré el punto.

C.O.T.- Pero entonces ¿Por qué se retiró?
A.I.G.- Los periodos no siempre coinciden con las finalidades. Hay quienes creen que el ejercicio del poder que se les delega es de por vida. Otros sabemos que existen límites que la Constitución y la ley ordenan y los respetamos. Existe un adagio que dice que el agua, el fuego y el poder son buenos y necesarios para vivir pero que esos elementos también pueden ‘matar’. Desde el día en que me posesioné como magistrado supe que llegaba a aprender y a realizar una labor. Hace poco sopesé lo ejecutado y entendí que los cinco años que había trabajado allí eran suficientes.

C.O.T.- ¿Por qué?
A.I.G.- Una magistratura que, compartida con los demás compañeros, se empeñó en el control social del fenómeno del paramilitarismo y su penetración en las esferas del poder; que vivió tantas incomprensiones y que más tarde contó con un vigoroso respaldo de la opinión; una magistratura a la que le correspondió contactar a los organismos internacionales para poder adelantar lo que estaba haciendo y en el ejercicio de la cual, por benevolencia de la sala plena fui presidente de la Corte en momentos tan álgidos como los que se presentaron en el país, está plenamente justificada y no debe ser mayor, en el tiempo, al que yo estuve.

C.O.T.- Esa época fue de conflicto entre las ramas ejecutiva y judicial. Ahora se viven aparentemente otros tiempos ¿Esto último, añadido a la circunstancia de que el 70% de los miembros de ese alto tribunal es distinto y parece menos autónomos, lo empujó a irse de la Corte?
A.I.G.- Es cierto que a la Corte de la que hice parte le tocó analizar y entender la realidad que se vivía en aquel momento. Pero no creo, como parece que está implícito en su inquietud, que lo que hoy se comprende como otra Corte vaya a cambiar de un brochazo la jurisprudencia que quedó sentada en nuestros diferentes pronunciamientos.

C.O.T.- Sinceramente ¿piensa que la Corte actual tiene el carácter de aquella que se le plantó al gobierno pasado?
A.I.G.- En mi discurso de despedida ante mis compañeros afirmé que aspiraba a que los valores y los principios que orientaron a la Corte anterior fueran los mismos de hoy, institucionalmente hablando. En momentos de barbarie, de dictadura, la magistratura tiene que ser de contención y en momentos de tranquilidad, un faro de referencia social.

C.O.T.- Permítame insisto en el tema: en los pasillos del Palacio de Justicia se dice que Augusto Ibáñez se retira porque se quedó solo.
A.I.G.- Un magistrado nunca se queda solo porque tiene muchos mecanismos para congregar a los otros compañeros de sala alrededor de la calificación y la conclusión de sus tesis. Si definitivamente no logra un consenso jurídico o ideológico, existe el llamado salvamento de voto. Repito que espero que la Corte siga con los derroteros de la interpretación social que hicimos en los años 2005 a 2009. Pero esa no es mi preocupación. Me inquieta, sí, que la reforma a la Justicia termine eliminando las facultades y funciones que le asignó la Constitución del 91 al tribunal supremo.

C.O.T.- Contrario a lo que usted opina, el actual presidente de la Corte ya dijo que estaba de acuerdo con esa reforma.
A.I.G.- Tal vez él se refería a que era necesaria y casi obligatoria a nivel internacional, la creación de la segunda instancia en los procesos de los congresistas. Sin embargo, está sin resolver la pregunta de si las fórmulas que se están planteando en ese y otros puntos, son las más convenientes para las instituciones. Por ejemplo, si la Sala Penal se transforma en lo que están proponiendo, se va a convertir en un escribano de las decisiones de otros o, peor, en un convidado de piedra frente al control social que hoy ejerce.

C.O.T.- ¿Por qué lo dice?
A.I.G.- En la reforma se planteó la idea de que se creara una sala de instrucción y una de juzgamiento cuyo origen fuera judicial y dentro de la propia Corte Suprema. También se dijo que la Sala Penal fuera la segunda instancia. Esa propuesta que no es exótica y existe en varios países, fue modificada después con la idea de que se le entregara la investigación a la Fiscalía y el juzgamiento a una sala por fuera de la Corte. La Constitución diseñó el equilibrio de poderes de tal manera que hubiera pesos y contrapesos y estableció que ese mecanismo podía ser rediseñado pero no cambiado en su esencia. Pero eso es lo que están haciendo.

C.O.T.- La disminución de las funciones de la Sala Penal ¿puede entenderse como un contragolpe por los juicios de la parapolítica?
A.I.G.- Nunca antes de 2007 hubo reparos a la labor de la Corte Suprema. Nadie se preocupó cuando las investigaciones se referían a injuria, calumnia, estafa o falsedad. Cuando se iniciaron las diferentes investigaciones contra los aforados, jamás hubo una queja ni mucho menos se habló de separar la etapa de investigación de la de juzgamiento. A nadie se le ocurrió tampoco proponer la segunda instancia porque los miembros del alto tribunal se veían como los mejor calificados del país y, en efecto, lo eran. El conflicto se suscita cuando la Corte encuentra los vínculos entre los paramilitares y el Congreso.

C.O.T.- Usted vivió aquella etapa ¿Qué pasó en materia de presiones a la Sala Penal?
A.I.G.- Empezaron todas las críticas: por el factor probatorio; porque se creía que los testigos estaban siendo pagados; porque supuestamente esos testigos estaban amparados por otros Estados; porque un solo juez no podía garantizar imparcialidad y porque no había quién asumiera la segunda instancia. Respecto de su pregunta anterior y para decirlo con claridad, están pretendiendo acabar con los procesos de la parapolítica.

C.O.T.- El argumento que han esgrimido los congresistas es que ellos no cuentan con las garantías procesales de los demás colombianos…
A.I.G.- Escuché decir a alguien que se están estableciendo tantas, tantas garantías y se están imponiendo tantos y tan difíciles pasos y procedimientos que el derecho se perderá. Suponga usted que se requieran unas modificaciones. Aplíquenlas para alcanzar el estándar pero hasta ahí. Si la reforma se aprueba como está hoy, se romperá una de las fortalezas de la Constitución, es decir, el control sobre los diferentes aparatos de poder.

C.O.T.- Ante esos hechos tan graves ¿no cree que los actuales magistrados deberían protestar? O ¿los silenciaron con el incremento del periodo a 12 años y la edad de jubilación a los 70?
A.I.G.- Pues esa inquietud se ha comentado públicamente. Hasta el día en que yo estuve en la Corte nunca se aprobó alguna disposición que tuviera que ver con ese tema, como ya le dije.

C.O.T.- Aunque no exista disposición escrita, la decisión de las cortes está tomada: aprobación de la reforma en silencio. No solo eso. Se sabe que magistrados de varias cortes están haciendo lobby en el Congreso para que les otorguen el ‘regalo’ de la ampliación del periodo ¿No queda mermada la dignidad de la Justicia y viciada su independencia?
A.I.G.- Me niego a aceptar que alguien haya estado haciendo lobby en el Congreso. Si fuera cierto, la Corte estaría viviendo uno de sus peores momentos. La ampliación del periodo y de la edad de retiro forzoso, que serían comprensibles para los magistrados del futuro porque entrarían con nuevas reglas de juego, se convertiría en un problema para quienes fueron elegidos para un periodo de 8 años.

C.O.T.- Lamento decirle que se sabe que varios magistrados de la Corte y del Consejo de Estado se han dedicado a ofrecerles comidas y cocteles a los congresistas para comprometerlos con esas ampliaciones ¿Esa es la rama judicial que la Constitución quiso diseñar?
A.I.G.- Repito que espero que no haya existido ninguna forma de lobby por parte de la Corte. También tengo que decir que no me consta, no lo he visto y no me gustaría saber que eso sucedió.

C.O.T.- ¿Opina, como lo piensan algunos juristas, que la modificación del periodo de los magistrados actuales sería inconstitucional?
A.I.G.- El legislador no puede cambiar el mandato constitucional de periodos establecidos por ocho años porque va en contravía del diseño que la Carta construyó. Y como no hay reelección para los magistrados, no se les puede ampliar el periodo por la puerta de atrás. En ese punto, hay que llamar a todos a la cordura.

C.O.T.- En medio de esta discusión, un magistrado del Consejo de Estado logró, mediante una tutela de dudosa legalidad que se le mantuviera su cargo a pesar de haber cumplido la edad de retiro ¿No es una vergüenza?
A.I.G.- Esa tutela es la demostración de que el debate actual sobre ampliaciones de periodo y edad de retiro lleva al caos institucional. Si se establecieron los 65 años como edad límite para permanecer en la actividad judicial y esta fue la regla al momento de la elección, debe respetarse. En mitad de la partida usted no se cambia, porque le conviene, de jugar ajedrez a apostar en tute.

“Cumplí con mis obligaciones sin cobardía”

Cecilia Orozco.- Entre otras razones, se ha dicho que su retiro anticipado de la Corte Suprema obedece a que usted sería incluido en la terna para Procurador ¿Aspira a ser postulado?
Augusto Ibáñez.- Para que una persona acepte un cargo o una postulación se requiere que primero se los ofrezcan. No he sido llamado por nadie para proponerme una candidatura a la Procuraduría y tampoco me quedaría bien hacer por mi cuenta tal solicitud.

C.O.- Usted estuvo sonando también para un cupo en una corte internacional hace un tiempo. Entonces se dijo que era imposible incluir su nombre porque eso significaría que Santos le declarara la guerra a Uribe ¿Cree que el expresidente se le atravesaría a una aspiración suya?
A.I.- No lo sé. Ejercí el cargo de presidente de la Corte Suprema en el momento en que me correspondió hacerlo, no con el fin de atacar a una persona en particular sino para cumplir con mis obligaciones con honestidad, sin cobardía y respetando el estándar de independencia judicial.

C.O.- Aunque se empeñe en contestar suavemente, no puede hacer caso omiso de las duras críticas que recibió del uribismo.
A.I.- Si por defender la autonomía judicial molesté a alguien, interpreto sus ataques solo como un detalle de fina coquetería.

“Lo que la fuerza no hizo, la simpatía lo logró”

C.O.- A tiempo con los magistrados, los congresistas van por lo suyo en la reforma a la justicia ¿Tienen alguna legitimidad las modificaciones a los mecanismos de investigación y juzgamiento para ellos mismos?
A.I.- Todavía no se sabe cómo quedará definitivamente la reforma en esos puntos pero en general se puede afirmar que el origen del nombramiento del juez no puede residir en quien puede ser su investigado. Lo que permitió que se desprestigiara el Consejo Superior de la Judicatura no fueron tanto las personas aunque ellas tuvieran muchos cuestionamientos, sino su origen político.

C.O.- ¿Cómo se puede comprender que el gobierno actual que se enfrenta en algunos aspectos al anterior, se empeñe en aprobar una reforma que le hubiera servido perfectamente a la administración pasada?
A.I.- Yo diría que lo que la fuerza no hizo, la simpatía lo logró. Sin embargo, ese no es un motivo de discrepancia mía con el actual gobierno. Debe aceptarse que las relaciones entre la rama judicial y el Ejecutivo mejoraron en un 100%. Pero esta discusión sí debe llevar a otra reflexión y es a la de examinar los cambios estructurales que se están proponiendo y a la de mirar si con ellos se protegerá o lesionará la Constitución.

sábado, 2 de junio de 2012

De la Reforma a la Justicia y el Principio de Consecutividad!


18 Abr 2012 - 11:00 pm

Principio de consecutividad

Por: Darío Martínez. Elespectador.com

En el trámite de los actos legislativos y de las leyes existe el principio de consecutividad, llamado así por una reiterada jurisprudencia de la Corte Constitucional, según la cual "el aspecto central que define el principio de consecutividad es que los asuntos que conforman un proyecto de ley o de acto legislativo hayan sido objeto de debate y decisión, en sentido aprobatorio o denegatorio, tanto en las comisiones constitucionales permanentes como en las plenarias". (S/C 040-10).

Tratándose de reformas constitucionales mediante actos legislativos, rige también este principio en las dos vueltas que se necesitan para aprobarlos en ocho debates. En el segundo período, “sólo podrán debatirse iniciativas presentadas en el primero” (Art. 375 Inc. 3). Quedan excluidos para esta segunda etapa temas o artículos nuevos que no se hayan presentado en el primer período ordinario. Las modificaciones o adiciones que se propongan respetarán el principio de identidad relativa sobre iniciativas presentadas en la primera vuelta, y sobre las cuales se dé una relación de conexidad.

La Corte “ha descartado las relaciones remotas, distantes o meramente tangenciales”. La relación de conexidad será clara y específica, estrecha, necesaria y evidente. La identidad temática versará sobre iniciativas presentadas y debatidas en la primera vuelta. No caben modificaciones “que alteren la esencia de lo aprobado inicialmente sobre la institución política que se reforma” (Art. 226 ley 5-92).

Observando este requisito, los cambios que se propongan deben “precisar o delimitar” una decisión adoptada con anterioridad, siempre y cuando el tema haya estado presente a todo lo largo de los debates anteriores, así no se haya tomado una decisión específica (S/ C 332-05). Las simples constancias que se dejan en cada uno de los debates no constituyen iniciativas debatidas. Para la Corte Constitucional carecen de valor.

Además dispuso: “Lo que no aparezca en el texto aprobado en la primera vuelta, y publicado al culminar ésta, no tiene cabida en el segundo período ordinario de sesiones, ni pueden ya introducirse, (…) solamente los textos publicados oficialmente en el intermedio de los dos períodos ordinarios en que se debate la reforma, pueden ser de nuevo debatidos y votados en los cuatro debates de la segunda vuelta”. (S/C-22-97).

Del buen manejo que el Congreso proporcione a los principios de consecutividad y de identidad flexible en la segunda vuelta, en varios actos legislativos, incluida la reforma judicial, depende parcialmente la declaratoria de su constitucionalidad. Pero no sería suficiente frente al control de los “vicios de competencia”, que soslaya la revisión de fondo de los actos legislativos. En este aspecto, la reforma a la justicia no tendría un futuro despejado. El punto más importante será seguramente, su fundamento ético.

Reforma a la justicia quedó a un debate de ser aprobada


Reforma a la justicia quedó a un debate de ser aprobada

elcolombiano.com / Colprensa | Bogotá | Publicado el 31 de mayo de 2012

La reforma a la justicia quedó a tan solo un debate de convertirse en ley de la República, luego que este jueves la Comisión Primera de la Cámara de Representantes aprobara el proyecto de reforma constitucional en su séptimo de ocho debates. 

La iniciativa fue presentada el martes ante la Comisión, el miércoles fue debatida hasta las 10:30 de la noche y finalmente terminada de aprobar en la tarde de este jueves. 

Principales puntos de la reforma:
El presidente será investigado por una comisión de aforados: Tal como fue aprobada, la reforma a la justicia elimina la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes para dar paso a la comisión de aforados constitucionales. 

Ahora se transfiere a la ley estatutaria, que regulará las disposiciones de esta reforma constitucional, el desarrollo de los procedimientos y requisitos para integrar la comisión de aforados. 

Aunque la Comisión de Acusación adelantaba investigaciones de carácter penal y disciplinario,ahora sólo realizará proceso de carácter político. Es decir, se da fin al choque de trenes con otros organismos de control como por ejemplo la Contraloría. 

Juzgamiento de congresistas: La Corte Suprema de Justicia solicitó que no se fragmentara la Sala Penal de ese tribunal para realizar el juzgamiento de los parlamentarios ya que como venía la ponencia del proyecto, cinco magistrados investigaban y cuatro juzgaban en primera instancia a los congresistas. 

La propuesta de la Corte era que se creara una comisión adicional que se encargaría de la primera instancia de juzgamiento y la segunda quedará en manos de la Sala Penal. 

Según lo aprobado en la Comisión Primera, no se dividirá la Sala Penal de la Corte. 

Consejo Superior de la Judicatura fue eliminado. Con esa supresión se da paso al Consejo Nacional de Disciplina Judicial. 

La idea es que esta nueva instancia se encargue de ‘impartir justicia’ en la misma rama judicial. “Deberá examinar la conducta y sancionar las faltas disciplinarias de los funcionarios y empleados de la rama judicial y de los auxiliares de la justicia… de los notarios y de autoridades administrativas cuando actúen en ejercicio de funciones jurisdiccionales, así como de los abogados”, cita el artículo. 

La elección de los miembros de este Consejo será a través de nominación de la Corte Constitucional, el Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia. El Congreso de la República los elegirá para períodos de cuatro años. 

El periodo de los magistrados fue ampliado a 12 años y la decisión contempla incluso a los actuales togados. La decisión fue tomada a pesar que desde distintos sectores de opinión se criticó que se beneficiara a los actuales juristas.

“Los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos para períodos individuales de 12 años, sin posibilidad de reelección y permanecerán en el ejercicio de sus cargos mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a edad de 70 años”, cita el artículo. 

Dentro de las inhabilidades, se advierte los magistrados de las tres Cortes “no podrán optar a los cargos de Procurador, Contralor o Fiscal General de la Nación durante el período de ejercicio de sus funciones, ni dentro del año siguiente a su retiro”. 

El cobro de arancel judicial fue elevado a rango constitucional: El ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, explicó que se trata de dar canon constitucional al esquema de financiación de la administración de justicia por la misma razón que también hay otras cosas que están consignadas en la ley –algunas estatutarias–, y “no obstante se ha considerado que resulta bueno apuntalarlas consagrándolas a nivel constitucional”. 

“El arancel ya existe en Colombia y está establecido en la ley. Se trata de elevarlo a canon constitucional como una forma de administración de justicia”, aseguró. 

En ese sentido, el Polo Democrático Alternativo en cabeza del representante Germán Navas Talero dijo que ahora se podrá cobrar por cualquier acto de administración de justicia. 

El artículo 12 establece lo siguiente: “Se garantiza el derecho de toda persona a acceder a la administración de justicia. La ley indicará en que casos podrá hacerlo sin la representación de abogados. La ley establecerá los asuntos en que podrá cobrarse arancel judicial, así como la estructuración, destinación y causación de dicha contribución”. 

Como la Sala Administrativa será suprimida, la reforme revive la cooptación plena, pues establece que la Corte Suprema y el Consejo de Estado elaboran una lista de elegibles y luego seleccionan a partir de ella. 

El artículo 13 establece que “los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva Corporación mediante el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de diez (10) candidatos conformadas por la Sala de Gobierno Judicial, previa convocatoria pública”. 

Fue eliminado el artículo que establecía detención de al menos 36 horas a quienes manejen sus vehículos en estado de alicoramiento. 

Tal como había sido aprobada en la plenaria del Senado, la reforma a al justicia contenía un artículo que establecía que: “Cuando exista riesgo fundado de que una persona pueda causar daño así mismo o a terceros, por padecer perturbaciones mentales transitorias derivadas del consumo de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o alucinógenas excepcionalmente, la autoridad de policía en ejercicio de su función preventiva, podrá conducirlo a centro especial de atención para que ello que cree el legislador con el solo fin de evitar que lesione su propia integridad o la de terceros”. 

Sin embargo, la ponencia de ese proyecto no incluyo dicho artículo. El anterior era el plan b para castigar a los conductores borrachos, tras el hundimiento en la plenaria de la Cámara de Representantes de un proyecto de ley que buscaba aumentar los castigos para los ciudadanos que fueran atrapados cometiendo ese tipo de prácticas. 

Nivelación de salarios en la rama judicial: Igualmente, avanzó el artículo 27 de la enmienda constitucional, que señala que el Congreso "dentro del año siguiente a la expedición de este acto legislativo, aprobará una ley que efectúe una nivelación y diferenciación salarial para los funcionarios y empleados de la rama judicial".

viernes, 1 de junio de 2012

Investigación del Presidente pasará a comisión de aforados


31 Mayo 2012 - 1:15 pm
Reforma a la Justicia
Investigación del Presidente pasará a comisión de aforados
Por: Elespectador.com
Se elimina la comisión de Acusaciones y se retira el carácter jurisdiccional y disciplinario a los procesos que adelante la Cámara.
La comisión primera de la Cámara de Representantes continuó este jueves en la tarde la aprobación de la reforma a la justicia en su séptimo de ocho debates.
En el articulado, se confirmó la eliminación de la comisión de Acusaciones de la Cámara para dar paso a la comisión de aforados constitucionales.
El representante Guillermo Rivera Flores dijo que se da vía libre a esa comisión que venía desde la discusión del proyecto en el Senado.
La diferencia con lo aprobado en la cámara alta es que ahora se transfiere a la ley estatutaria el desarrollo de los procedimientos y requisitos para integrar la comisión de aforados.
Además, según el legislador, la comisión de Acusaciones por mandato de la ley quinta de 1992 adelantaba investigaciones de carácter penal y disciplinario pero ahora se aclara en la Constitución que sólo llevará proceso de carácter político.
De ninguna se harán juicios jurisdiccionales o disciplinarios”, sostuvo Rivera.
Artículo 5
La Cámara de Representantes tendrá las siguientes atribuciones especiales:
1. Elegir el Defensor del Pueblo.
2. Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente el Contralor General de la República.
3. Archivar las denuncias o quejas infundadas o temerarias contra los funcionarios a los que se refiere el artículo 174 de la Constitución.
4. Presentar ante el Senado solicitud de juicio político para el Presidente de la Republica o quien haga sus veces y el Vicepresidente de la República, previa aprobación de dos terceras partes de los integrantes de la Cámara, por conductas que puedan constituir delitos, faltas disciplinarias o fiscales, o causales de indignidad, según la Constitución y la ley. Si los funcionarios mencionados en este numeral hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos, la solicitud sólo procederá para las conductas que tengan relación con las funciones desempeñadas.
5. Presentar ante el Senado solicitud de juicio político para el Fiscal General de la Nación y los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, previa aprobación de la mayoría de los integrantes de la Cámara, por conductas cometidas en ejercicio de las funciones o con ocasión de las mismas que puedan constituir delitos, faltas disciplinarias, causales de indignidad o de mala conducta, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos.
6. Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de sus funciones, en especial las atribuidas en los numerales 4 y 5 de este artículo.

Reforma a la Justicia, ad portas de ser realidad

31 Mayo 2012 - 6:19 pm

Reforma a la Justicia

Reforma a la Justicia, ad portas de ser realidad

Por: Elespectador.com

Tan sólo resta la aprobación final por parte de la plenaria de la Cámara pues la comisión primera de la corporación concluyó su aprobación este jueves.
A poco de ser realidad en el país se encuentra la reforma a la justicia que inició su trámite hace cerca de un año el gobierno del presidente Juan Manuel Santos en el Congreso de la República
La comisión primera de la Cámara aprobó en séptimo de ocho debates el acto legislativo que ahora depende sólo del tránsito por la plenaria de la corporación.

Principales puntos del proyecto:
·         Cambios al sistema de investigación presidencial
Se confirmó la eliminación de la comisión de Acusaciones de la Cámara para dar paso a la comisión de aforados constitucionales. Se transfiere a la ley estatutaria el desarrollo de los procedimientos y requisitos para integrar la comisión de aforados.

·         Confirman eliminación del Consejo Superior de la Judicatura
Se establece la eliminación del Consejo Superior de la Judicatura para dar paso al Consejo Nacional de Disciplina Judicial. La idea es que esta nueva instancia se encargue de ‘impartir justicia’ en la misma rama judicial.

·         Se amplía periodo de magistrados
Se amplía el periodo de los magistrados a 12 años, incluidos, los actuales togados. “Los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos para períodos individuales de 12 años, sin posibilidad de reelección y permanecerán en el ejercicio de sus cargos mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a edad de 70 años”, cita el artículo.

·         Magistrados elegirán a sus reemplazos por convocatoria pública
Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva corporación mediante el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de 10 candidatos conformadas por la Sala de Gobierno Judicial previa convocatoria pública. Es decir, ahora será por cooptación la elección de los juristas.

·         Sin ‘cruce de favores’ en elección
Se estableció un  impedimento para que los parientes hasta en cuarto grado de consanguinidad, de quienes participen en la postulación, nominación o elección de los órganos de control y los magistrados de las altas cortes, puedan acceder a un cargo dentro de esas entidades. Así las cosas por ejemplo, ni los senadores pueden recomendar a sus familiares para la Procuraduría -pues eligen Procurador- ni los representantes pueden recomendar para la Contraloría o la Defensoría -pues eligen en esos dos despachos-, todo por cuenta de un artículo aprobado en el acto legislativo.