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jueves, 20 de febrero de 2020

Este es el borrador de reforma a la justicia que le presentó el Gobierno al Congreso. Judicial 18 Feb 2020 - 3:02 PM Redacción Judicial elespectador.com

Este es el borrador de reforma a la justicia que le presentó el Gobierno al Congreso

Quitarles todos los procesos electorales a las altas cortes, crear inhabilidades para los magistrados y ampliar facultades jurisdiccionales de los notarios son algunas de las propuestas.

La ministra Margarita Cabello socializó el borrador con los senadores de la Comisión Primera. Tomada de @MinJusticiaCo
Este martes, la ministra de Justicia, Margarita Cabello, estuvo en el Congreso socializando con senadores de la Comisión Primera Constitucional la propuesta de reforma que el Gobierno quiere para el sector. Según señaló la ministra a medios de comunicación, “lo que hicimos como Ministerio fue articular todas las propuestas que nos han hecho en un borrador. Se lo entregamos a las Cortes y ahora a la Comisión Primera del Senado. Se la vamos a entregar a la Comisión Primera de Cámara, para que luego de allí salga un documento un poco más consistente y podamos avanzar rápidamente en la presentación de una reforma constitucional a la justicia”.
La ministra Cabello insistió en que el texto presentado a los senadores —que todavía no han iniciado formalmente labores— este lunes es un borrador. “Todavía no es el proyecto”, aclaró. Lo que busca la ministra con la presentación de este borrador es tener la oportunidad de socializar la eventual reforma a la justicia con todos los sectores y comenzar el debate, “para que desde ahí se pueda opinar, discutir, bajo la premisa de que nada es inamovible”.
Aunque la ministra Cabello es la encargada de llevar ahora a buen puerto esta propuesta de reforma en el Congreso, negociando con las comisiones encargadas del tema en Senado y Cámara, sindicatos de trabajadores judiciales y partidos políticos, ella misma reconoció abiertamente que no es suficiente. “Lo que yo siempre he dicho es que la reforma constitucional a la justicia hay que hacerla, pero que eso no soluciona todos los problemas de los ciudadanos sobre la verdadera justicia y que lo que tenemos que hacer, es presentar reformas constitucionales, pero también proyectos de ley y trabajo en gestión”, señaló.
A renglón seguido, la ministra habló de los tres proyectos de ley que ha presentado —por ejemplo, la reforma a los consultorios jurídicos—, los cuales, según Cabello, van “muy bien” en el Congreso. Asimismo, habló de otras dos iniciativas que van a presentar en los próximos meses: la reforma de la jurisdicción agraria (uno de los pendientes del Acuerdo de Paz) y el estatuto de conciliación, pues la ministra insiste en que se deben buscar mecanismos alternativos de resolución de conflictos diferentes a la “litigiosidad”.
El borrador, como la propia ministra reconoció, contiene varios temas “polémicos”. Por ejemplo, buscar asegurar la seguridad jurídica estableciendo el precedente como fuente obligatoria del derecho. Es decir, que las decisiones de las altas cortes sean vinculantes para decisiones futuras similares. Asimismo, se busca quitarles las facultades electorales a las cortes —“que han traído todo tipo de problemas”—; establecer una serie de inhabilidades para magistrados de altas cortes y algunos funcionarios; y, ampliarles las facultades jurisdiccionales a entidades privadas como las notarías o los centros de conciliación para descongestionar los juzgados.

Este es el borrador:
PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO ____ DE 2020 “por medio del cual se reforman algunos aspectos de la administración de justicia y se dictan otras disposiciones” El Congreso de Colombia DECRETA: 
Artículo 1º. Adiciónese el siguiente inciso al artículo 116 de la Constitución Política: De manera excepcional y transitoria, la ley podrá conferir funciones jurisdiccionales a notarios, centros de arbitraje y/o centros de conciliación en asuntos en los que acudan las partes por mutuo acuerdo o en los asuntos declarativos en los que no se manifieste ninguna oposición a la solicitud. La ley igualmente podrá desjudicializar algunos asuntos. 
Artículo 2º. Modifíquense los incisos quinto y sexto del artículo 126 de la Constitución Política, y adiciónese un inciso séptimo, los cuales quedarán así: Quien haya ejercido en propiedad alguno de los cargos de la siguiente lista, no podrá ser reelegido para el mismo. Tampoco podrá ser nominado para otro de estos cargos sino un año después de haber cesado en el ejercido de sus funciones: Magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado, Miembro del Consejo Superior de la Judicatura, de la Comisión de Disciplina Judicial, Miembro del Consejo Nacional Electoral, Fiscal General de la Nación, Procurador General de la Nación, Defensor del Pueblo, Contralor General de la República y Registrador Nacional del Estado Civil. Los anteriores servidores no podrán postularse a cargos de elección popular sino cuatro años después de haber cesado en el ejercicio de sus funciones. 
Artículo 3º. El artículo 230 de la Constitución Política quedará así: 
[Opción 1] Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley y deberán acatar el precedente judicial en los términos que establezca la ley. Para salvaguardar el precedente jurisprudencial cuando se trate de resolver la revisión de tutelas contra providencias judiciales proferidas por las altas cortes en las que se debata la aplicación de precedentes fijados por ellas, se adelantará el 2 incidente de consulta ante los presidentes de las tres altas cortes, previamente a proferirse el fallo, en los términos que establezca la ley. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial. 
[Opción 2] Los jueces, en sus providencias, sólo están sometidos al imperio de la ley y deberán acatar el precedente judicial en los términos que establezca la ley. Para salvaguardar la unidad de la jurisprudencia cuando se trate de resolver la revisión de tutelas contra providencias judiciales se constituirán Salas conjuntas con integrantes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. La equidad, la jurisprudencia, los principios generales del derecho y la doctrina son criterios auxiliares de la actividad judicial. 
Artículo 4º. El artículo 231 de la Constitución Política quedará así: Artículo 231. Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva Corporación, previa convocatoria pública adelantada en los términos del inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución. En la composición de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado la mitad de sus miembros provendrá de la Rama Judicial y la otra mitad se distribuirá en equilibrio entre quienes provienen del ejercicio profesional y la academia. La Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado reglamentarán la fórmula de votación y el término en el cual deberán elegir a los Magistrados que conformen la respectiva corporación. 
Artículo 5º. El numeral 4 del artículo 232 de la Constitución Política quedará así: 4. Tener la edad de cincuenta años o más y haber desempeñado, durante veinticinco años, cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente. Para el cargo de Magistrado de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, la cátedra universitaria deberá haber sido ejercida en disciplinas jurídicas relacionadas con el área de la magistratura a ejercer. 
Artículo 6º. El artículo 233 de la Constitución Política quedará así: 3 Artículo 233. Los Magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos para periodos individuales de doce años, no podrán ser reelegidos y permanecerán en el ejercicio de sus cargos mientras observen buena conducta, tengan rendimiento satisfactorio y no hayan llegado a edad de retiro forzoso. 
Artículo 7º. El artículo 254 de la Constitución Política quedará así:
[Opción 1] El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por cinco consejeros elegidos para periodos individuales de cuatro años y reelegibles por dos periodos más, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y dos por el Consejo de Estado.
[Opción 2] El Consejo Superior de la Judicatura estará integrado por seis consejeros elegidos para un periodo de ocho años, así: dos por la Corte Suprema de Justicia, uno por la Corte Constitucional y tres por el Consejo de Estado. 
Artículo 8º. El artículo 255 de la Constitución Política quedará así: Artículo 255. Para ser miembro del Consejo Superior de la Judicatura se requiere ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio, mayor de treinta y cinco años y haber ejercido la profesión durante diez años con buen crédito. Los miembros del Consejo no podrán ser escogidos entre los magistrados de las mismas corporaciones postulantes. 
Artículo 9. El artículo 256 de la Constitución Política quedará así: Artículo 256. Corresponden al Consejo Superior de la Judicatura, de acuerdo con la ley, las siguientes funciones: 1. Administrar la carrera judicial. 2. Elaborar las listas de candidatos para la designación de funcionarios judiciales y enviarlas a la entidad que deba hacerla. Se exceptúan la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, quienes elegirán a sus magistrados de conformidad con lo establecido en el artículo 231 de la Constitución, y la jurisdicción penal militar que se regirá por normas especiales. 3. Llevar el control de rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales. 4. Elaborar el proyecto de presupuesto de la rama judicial que deberá ser remitido al Gobierno, y ejecutarlo de conformidad con la aprobación que haga el Congreso. 4 5. Fijar la división del territorio para efectos judiciales y ubicar y redistribuir los despachos judiciales. 6. Crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la administración de justicia. En ejercicio de esta atribución, el Consejo Superior de la Judicatura no podrá establecer a cargo del Tesoro obligaciones que excedan el monto global fijado para el respectivo servicio en la ley de apropiaciones iniciales. 7. Dictar los reglamentos necesarios para el eficaz funcionamiento de la administración de justicia, los relacionados con la organización y funciones internas asignadas a los distintos cargos y la regulación de los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales, en los aspectos no previstos por el legislador. 8. Proponer proyectos de ley relativos a la administración de justicia y a los códigos sustantivos y procedimentales. 9. Las demás que señale la ley. 
Artículo 10. Modifíquese la numeración del artículo 257A Constitución Política, el cual pasará a ser el artículo 257 de la Constitución Política. 
Artículo 11. El artículo 274 de la Constitución Política quedará así: Artículo 274. La vigilancia de la gestión fiscal de la Contraloría General de la República se ejercerá por un auditor elegido, para períodos de dos años, por el Congreso de la República en pleno, previa convocatoria pública realizada conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución. No podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del periodo. La ley determinará la manera de ejercer dicha vigilancia a nivel departamental, distrital y municipal. 
Artículo 12. El artículo 276 de la Constitución Política quedará así: Artículo 276. El Procurador General de la Nación será elegido por el Senado, para un período de cuatro años, previa convocatoria pública realizada conforme a lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 126 de la Constitución y no podrá ser reelegido ni continuar en ejercicio de sus funciones al vencimiento del periodo. 
Artículo 13. Adiciónese un nuevo inciso al artículo 350 de la Constitución Política, el cual quedará así: 
[Opción 1] El Gobierno Nacional garantizará la asignación de recursos para la Rama Judicial de forma incremental, conforme a los parámetros fijados en la ley. 5 
[Opción 2] El Gobierno Nacional garantizará la asignación de los recursos presupuestales de la Rama Judicial como mínimo en un monto equivalente al presupuesto de la vigencia fiscal 2019, ajustado anualmente con el incremento causado del IPC más tres (3) puntos. El presupuesto de gastos de funcionamiento, tendrá, como base inicial, el monto de recursos asignados en el presupuesto inicial de 2019, actualizando los gastos de personal, en el aumento salarial, que decrete el gobierno nacional, para las respectivas vigencias, más un aumento del 7% en todos los gastos de funcionamiento. Se excluyen de esta fórmula, los recursos para pagos de sentencias y conciliación. Esto se asignará de acuerdo con los requerimientos en virtud de los fallos proferidos. Tampoco se incluirá el presupuesto que se asigne a la Fiscalía General de la Nación. Parágrafo primero: El presupuesto de la Rama Judicial, se asignará de manera global para funcionamiento e inversión, para que esta lo desagregue automáticamente, de acuerdo con sus necesidades y prioridades y siguiendo las clasificaciones de gastos establecidas por el gobierno nacional. Parágrafo segundo: Para efectos de lograr la descongestión de los despachos judiciales, los gastos de personal de la Rama Judicial podrán crecer en términos reales. Artículo 14. Transitorio. Los actuales magistrados del Consejo Superior de la Judicatura en adelante se denominarán Consejeros y continuarán en ejercicio del cargo hasta la terminación de sus periodos. Con el fin de reducir el número de Consejeros a cinco, no habrá elección de un remplazo cuando se genere la primera vacante de un Consejero de la Judicatura elegido por el Consejo de Estado. Las inhabilidades, incompatibilidades, prohibiciones y periodos creados en este Acto Legislativo, regirán para los funcionarios que sean elegidos con posterioridad a su entrada en vigencia. 
Artículo 15. Vigencia. Este Acto Legislativo rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

“La justicia debe llegar a todos los rincones del país; su cobertura debe ser universal”: Ministra Cabello. PrensaJusticia Of Comunicaciones / miércoles, 19 de febrero de 2020 / Categorías: Home

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“La justicia debe llegar a todos los rincones del país; su cobertura debe ser universal”: Ministra Cabello


“La justicia debe llegar a todos los rincones del país; su cobertura debe ser universal”: Ministra Cabello
Bogotá, 19 de febrero de 2020. Este miércoles se cumplió con éxito en el hotel Tequendama Suites de Bogotá la primera jornada del Foro ´Justicia para el Ciudadano´: iniciativas para acercar la justicia al ciudadano’.

El evento, que organiza el Ministerio de Justicia y del Derecho, contó en su acto de instalación con la participación del Presidente de la República, Iván Duque Márquez, quien destacó la labor de la titular de la cartera, Margarita Cabello Blanco.
“Tenemos grandes retos por resolver en materia de justicia y me complace que nos acompañe en el Ministerio la doctora Margarita Cabello, quien ha construido su carrera peldaño a peldaño. Desde la Rama Judicial ella pudo vivir y sentir las necesidades de la justicia y eso la convierte en una persona idónea para hacer realidad la premisa de acercar la justicia al ciudadano”, indicó el Primer Mandatario.
El principal objetivo del foro es socializar, exponer, reflexionar y analizar sobre los retos del sistema de justicia en el país. Para cumplir con este propósito el Ministerio de Justicia ha reunido a expertos de primerísimo nivel de la comunidad jurídica nacional e internacional, quienes aportan sus valiosas opiniones y puntos de vista de cara a los desafíos que en la materia enfrenta el país.
A lo largo de la jornada la Ministra Cabello reflexionó acerca de la justicia en Colombia, siempre haciendo hincapié en que la misma debe estar permanentemente al servicio del ciudadano. “Para que sea fácilmente accesible no debe haber barreras burocráticas, obstáculos por el uso de tecnicismos, prejuicios o discriminación por condiciones de raza, género, edad o estrato social. Una justicia para el ciudadano es un ideal que materializa y hace cada vez más creíble el principio de que todos somos iguales ante la ley”, puntualizó.
Los temas tratados durante cada uno de los paneles fueron socializados previamente en foros regionales de carácter académico cumplidos durante el segundo semestre de 2019 en ciudades como Montería, Cali, Barranquilla, Bucaramanga, Medellín, Florencia y Pasto.
El primer día del foro contó con cerca de 400 asistentes, quienes a través de paneles y conferencias pudieron acercarse a temáticas relacionadas con gobierno y administración del poder judicial; ética, disciplina y formación de abogados y jueces; transformación digital y modernización de la justicia; unificación de los códigos Civil y de Comercio; y reformas al Estatuto arbitral, al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y al Código General del Proceso.
En materia de experiencias internacionales quedó clara, entre otros asuntos, la importancia del rol de la abogacía en la estructura del Estado español, como apoyo a las entidades públicas y en cuanto a la defensa jurídica de las entidades estatales.
En este sentido la Ministra Cabello recalcó que el sistema colombiano pretende perfilar a sus futuros abogados apoyándose en una sólida formación ética y profundizando en aspectos como los métodos alternativos de solución de conflictos, la tecnología, los enfoques diferenciales y la justicia rural.
“La justicia, en todas sus dimensiones y facetas, debe llegar a todos los rincones del país; su cobertura debe ser universal. Solo así se podrá restablecer el tejido social y se renovará la confianza ciudadana en la institucionalidad del Estado”, señaló la alta funcionaria.
Foros como el que se desarrolla en la capital de la República, con panelistas de alta calidad y gran conocimiento, son de vital importancia para enfrentar los retos que plantea la justicia, ya que ofrecen herramientas de gran valor para construir y consolidar una justicia más cercana, ágil y eficiente que beneficie a todos los ciudadanos, especialmente a los más vulnerables.

Las principales apuestas del nuevo intento por reformar la justicia. eltiempo.com/justicia/cortes/

Las principales apuestas del nuevo intento por reformar la justicia

Cambios en elección de magistrados y ajustes a la Judicatura, entre lo que entrará en el proyecto.
Martillo de juez
Por: Justicia
 
01 de enero 2020 , 08:21 p.m.
En marzo de este año, el Gobierno piensa volver a medir fuerzas en el Congreso con un tema que ha sido un dolor de cabeza: una reforma de la justicia.

Con un articulado de entre 10 y 12 puntos, el Ministerio de Justicia espera lograr que este acto legislativo –que sería el intento número 19, entre 2002 y 2018, para reformar el sistema judicial– sea aprobado.
El borrador de lo que sería el proyecto está siendo ajustado, y se elabora en coordinación con las altas cortes, por lo que desde hace semanas a cada uno de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional les llegó un documento con las propuestas para que ellos hicieran sus apuntes y comentarios.

Los principales aspectos en los que se enfocará este nuevo intento de reforma son las facultades electorales de las altas cortes, la administración de la Rama Judicial y el fortalecimiento presupuestal.
En diálogo con EL TIEMPO, Margarita Cabello Blanco, ministra de Justicia y del Derecho, reveló algunos detalles de lo que será esta iniciativa. Dijo, por ejemplo, que buscan que el proyecto sea corto porque si bien esta será la “gran” reforma de la justicia, esperan lograr otras reformas individuales más pequeñas que harán la justicia más cercana a los ciudadanos.

Uno de los principales cambios vendría en el modo como se elige a los magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado.
Hoy en día, esa elección depende de listas de elegibles que envía el Consejo Superior de la Judicatura, órgano de administración de la Rama. De esas listas, los mismos magistrados eligen a sus pares, en un sistema de cooptación.

No obstante, en el proyecto de reforma de la justicia se plantea la posibilidad de que estas vacantes en las corporaciones sean llenadas mediante una convocatoria pública que lleven directamente las dos Cortes.


Así, el trámite de la elaboración de listas por parte de la Judicatura se eliminaría, aunque la cooptación se mantendría, solo que después de la convocatoria.

Cabello añadió que este proyecto de reforma tomó como base la iniciativa que presentó en 2018 Cambio Radical, que tampoco prosperó en el Congreso.

Así, otro de los cambios que se introducirían está en los requisitos e inhabilidades para ser magistrado de alta corte, algo que ya había contemplado Cambio Radical. Se aumentarían tanto los años requeridos de experiencia en la Rama Judicial como la edad mínima para optar por la magistratura.

Este también es un cambio que planteó el año pasado el Ministerio de Justicia en el proyecto que se hundió en el Congreso. En esa ocasión, la cartera de Justicia dijo que con esto se buscaba aumentar la calidad de la jurisprudencia, y procurar que quienes lleguen a las altas cortes terminen allí sus carreras profesionales.

En tercer lugar se están evaluando varias fórmulas para generar seguridad jurídica, es decir, certeza de las decisiones judiciales que se profieren.

Lo que se busca es establecer la garantía del precedente judicial, relacionado con funciones de las altas cortes de unificar jurisprudencia, y la obligatoriedad para los jueces del país de aplicar la jurisprudencia de los altos tribunales, y así evitar que cada juez aplique sus propios criterios al administrar justicia.

Otras de las propuestas tienen que ver con el presupuesto de la Rama Judicial y ajustes al órgano administrador, el Consejo Superior de la Judicatura.

Sin embargo, Cabello no ahondó en detalles sobre si la propuesta, al igual que la de Cambio Radical y la que presentó su cartera en 2018, incluirá la eliminación de la Judicatura, para ser remplazada por otra institución, o si se dejará esa instancia, pero con otras funciones.

Por último, un tema que agitó la discusión y fue muy criticado en el último intento de reforma de la justicia, cambiar la tutela, no será incluido en este proyecto.

“Nos encantaría, pero pensamos que este no es el momento, pero en algún momento nos va a tocar, para bien de todos”, comentó la ministra Cabello sobre hacer modificaciones a ese mecanismo judicial.

Además del proyecto de acto legislativo de reforma de la justicia, la cartera judicial también prepara una iniciativa de Ley Estatutaria en la que se abordarán temas como la carrera y escuela judicial y la modernización de la rama con la digitalización de la misma, más allá del expediente electrónico, que ya se viene trabajando.

Para ello, comentó Cabello, están trabajando con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en un proyecto de cooperación internacional que permita modernizar la administración de justicia y hacer que haya una verdadera interconectividad. Para ello ya ha habido varias reuniones con representantes del BID.
Los otros proyectos que se presentarán este año
En la rendición de cuentas del Ministerio de Justicia, el 19 de diciembre, la cartera anunció que el próximo año se llevarán al Congreso varios proyectos.

El primero, para crear la especialidad agraria y que haya jueces especiales para resolver conflictos de este tipo. Este proyecto obedece además al cumplimiento del punto 1 de acuerdo de paz firmado entre el Gobierno y las Farc.

También se presentará el Estatuto de Conciliación, para regular más claramente este método alternativo de resolución de conflictos.


Igualmente llegará al Legislativo una propuesta de reforma a las comisarías de familia, en búsqueda de fortalecerlas y hacerlas más efectivas.

Además, se buscará reformar el Código General del Proceso y el Código Civil. Este último entró en vigor hace 146 años, y de acuerdo con los registros históricos de la Corte Constitucional, es la segunda ley con más demandas ante ese tribunal, sumando más de 370 demandas.

De acuerdo con el Ministerio de Justicia, además de hacer algunos ajustes a esa norma, se buscará unificarla con el Código de Comercio.
JUSTICIA
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Justicia@eltiempo.com

lunes, 17 de febrero de 2020

‘El 82 % no aprueba la justicia, eso es un desastre en una democracia’. eltiempo.com/justicia/cortes. Por Yamid Amat.


‘El 82 % no aprueba la justicia, eso es un desastre en una democracia’

Magistrado Alberto Rojas Ríos
El presidente de la Corte Constitucional habla de la reforma a la justicia, la JEP y otros temas.
El magistrado Alberto Rojas Ríos es el nuevo presidente de la Corte Constitucional. Es abogado de la Universidad Externado y llegó al máximo tribunal constitucional en el 2013. Foto: 
Néstor Gómez. EL TIEMPO
Por: Yamid Amat

16 de febrero 2020 , 05:31 p.m.
La Corte Constitucional, máximo organismo de justicia constitucional, guardián y protector de la carta y de los derechos fundamentales que ella consagra, acaba de elegir nuevo presidente. Se trata del abogado Alberto Rojas Ríos, máster en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional.

En la siguiente entrevista, el magistrado Rojas hace afirmaciones como estas: 1. La gente no cree en la justicia. El resultado es desolador. 2. La justicia vive una asombrosa crisis. 3. Falta una gran revolución en la justicia. 4. La gente volverá a creer en la justicia cuando sepa en qué momento se va a dictar sentencia. 5. La demora infinita de los fallos crea incertidumbre. 6. El tema de la inhabilidad para que fiscal, procurador y contralor sean candidatos presidenciales está incluido en la reforma de la justicia que planteará el Gobierno. 7. Habrá una gran cumbre iberoamericana de tribunales constitucionales. 8. La gente que está marchando por la calle tiene resentimientos acumulados. Es una falta de reconocimiento. 9. Estamos viviendo con una profunda desigualdad. 10. A los ciudadanos hay que escucharlos.

“Tengo una prioridad –dice el nuevo presidente de la Corte Constitucional–. Quiero una Corte mucho más cercana al ciudadano. Las personas que acuden a la Corte se juegan lo que les va quedando de esperanza; nosotros lo entendemos, y por eso es que tenemos que asumir que al año llegan 640.000 tutelas, un promedio de 50.000 mensuales. Y, como lo anunció mi antecesora, la magistrada Gloria Ortiz, pronto se aplicarán modernos instrumentos tecnológicos para agilizar la selección y los fallos de tutelas, mediante estandarizaciones conceptuales, pero preservando y protegiendo, con todo rigor, las garantías que la Constitución contempla para los todos los colombianos”.
Quiero una Corte mucho más cercana al ciudadano. Las personas que acuden a la Corte se juegan lo que les va quedando de esperanza; nosotros lo entendemos...

¿Por qué la gente recurre tanto a la tutela?
Cuando uno pregunta el grado de aprobación que la opinión pública tiene de la justicia, el resultado es desolador. El 82 % de la población no aprueba la justicia, según la encuesta Pulso País de diciembre del 2019. Eso es un absoluto desastre en una democracia y en un Estado social de derecho como el nuestro. Esto es un verdadero leviatán. Pero cuando usted le pide a la gente que opine sobre el grado de aceptación de la tutela, tiene el 84 % de favorabilidad. Esto nos indica que la gente solo cree esencialmente en la tutela.

¿Qué hacer para que la gente crea en la justicia?
Que la justicia responda con eficacia y con plazos ciertos a las pretensiones de las personas que acuden a ella.

¿Eso es culpa de los jueces?
Es culpa del sistema. Como Fuente Ovejuna, “todos a una”, somos culpables de la asombrosa crisis de la justicia. Aquí nos falta una gran revolución en la justicia.

¿Para qué? ¿Para cambiar qué?
Para que el ciudadano sepa, a ciencia cierta, lo que pasará con sus demandas de justicia en todas las jurisdicciones especializadas. La gente vuelve a creer en la justicia cuando sepa en qué momento se va a dictar sentencia. La gente necesita tener respuesta, pronta y cumplida. Pero algo más, de esta manera la gente volvería a tener confianza en sus jueces.

Un ciudadano acepta que su juez no sea sabio, que su juez le falle en contra, acepta que el juez no haya sido suficientemente riguroso en la decisión, pero la demora infinita en fallar crea incertidumbre y pérdida de confianza. La gran revolución de la justicia que se necesita consiste en establecer las condiciones para que las personas sepan cuándo se fallan sus procesos.

¿Por qué no se puede aplicar algún instrumento similar a la tutela en toda la justicia?
La justicia en Colombia necesita una reingeniería. Hacen falta reformas muy puntuales. Es crear las circunstancias precisas para que se cumplan disposiciones como el artículo 121 del Código General del Proceso, conforme al cual el proceso debe durar a lo sumo un año en primera instancia y 6 meses en segunda instancia.
Un ciudadano acepta que su juez no sea sabio, que le falle en contra, acepta que no haya sido suficientemente riguroso, pero la demora infinita en fallar crea incertidumbre y pérdida de confianza
Entonces, ¿la justicia sí tiene términos?
Sí, tiene términos. Pero no se han creado las circunstancias que permitan su cumplimiento de manera absoluta. Siempre existen fenómenos de congestión que impiden su cumplimiento bajo el axioma de que a nadie se le puede exigir lo humanamente imposible. En este campo es donde se deben dar ajustes, fundados en el sentido común más que en disposiciones normativas.

¿En qué consiste esta reingeniería o esa revolución en el sistema?
Es una revolución de terciopelo, es una revolución de pequeños ajustes, y yo entiendo que ya nuestra ministra de Justicia está planteando una reforma que al parecer propone en buena parte la solución que estamos esperando.

Entonces, ¿qué es lo que debe aquí producirse?
Una revolución en la justicia. Una adecuación logística en infraestructura y un cambio sustancial en la cultura de quienes actuamos como operadores de justicia. La gente quiere justicia confiable y cierta; confiable es creer en los jueces y cierta es que sepa cuándo le van a dictar sentencia.

¿Y cómo creer, con el espectáculo de lucha de poder como el que existe en la Corte Suprema de Justicia, máximo tribunal de la justicia de la nación?
Yo creo en la Corte Suprema de Justicia y pienso que cada una de nuestras Cortes tiene los procedimientos y su propia dinámica para resolver sus diferencias. Con toda seguridad, sus integrantes se van a poner de acuerdo para la elección de magistrados que hacen falta, como acaba de ocurrir con la elección del fiscal.

El asunto es que la Corte está a punto de perder su mayoría decisoria…
La solución tendrá que producirse antes de que se desintegre el ‘quorum’. Eso va a ser en cuestión de días. Tengo la certeza de que habrá una solución. La Corte no se dejará desintegrar, la Corte no va a llegar al punto de perder las mayorías para decidir en Sala Plena, eso no va a suceder porque la Corte tiene que darle una respuesta al país, y siempre la ha dado. La Corte Suprema va a entregar los resultados que los colombianos esperan.

Usted dijo hace unos días: ‘Hay que liquidar amistosamente el pasado’…
Es una frase del expresidente Alfonso López Michelsen, dicha a propósito de la promulgación de la Constitución Política del 91.

¿Por qué la recordó usted?
Si no se liquida el pasado, no podemos esperar un futuro promisorio. El futuro y la esperanza se fundamentan en la liquidación amistosa del pasado.

¿Ese no es precisamente el problema de la paz hoy?
Sí, pero es un fenómeno cultural, no un fenómeno normativo.

¿Para usted, el tribunal especial para la paz, JEP, no es, como dicen algunos, sinónimo de impunidad?
La justicia de transición implica renuncias reciprocas. La paz demanda perdón y hacer todo para doblar la página y poder continuar la marcha: el justo punto medio es que quienes hayan cometido graves afrentas en el pasado las reconozcan y las acepten como expresión de verdad, pidan sinceramente perdón, reparen sus daños y acepten mecanismos de sanción transicional, para que de esta manera las víctimas y la sociedad los perdonen. De otra manera es imposible.

¿Usted es partidario de la JEP? ¿Acepta como está actuando?
Sí, yo soy partidario de la JEP. Pienso que la JEP es el gran instrumento, el gran recurso para que superemos como sociedad las deudas que nos atan al pasado.

El tema del aborto…
El magistrado ponente, Alejandro Linares, ha denunciado que a punta de recusaciones la señora demandante quiere dilatar el fallo para esperar que se produzcan conceptos que aún no hay en contra de las tres condiciones para abortar y en contra de la iniciativa de que sea generalizado. Usted me va a disculpar, pero sobre el tema de la interrupción voluntaria del embarazo solo puedo decirle lo siguiente: aún no hay ponencia, está en construcción y posiblemente se entregará en las próximas semanas.

¿Por qué la Corte no ha fallado sobre el caso de Andrés Felipe Arias?
Está en un proceso la ponencia. El momento llegará.

¿Los videos de cámaras de seguridad son públicos o privados?
Justamente ese tema está siendo objeto de debate. Le hago una invitación para el 25 de febrero. Le diré en detalle cómo queda la situación.

El Fiscal General de la Nación propuso ampliar la inhabilidad de un año para que los titulares de los órganos de control: Fiscalía, Procuraduría, Contraloría, puedan aspirar a la presidencia de la república…
Ese asunto, al parecer, está incluido en la reforma de la justicia que se está planteando por parte del Gobierno. Allí existiría una proposición de carácter normativo en la que se advierte que se plasma una inhabilidad para las personas que ejercen funciones en estas altas dignidades, total que yo quisiera esperar el desarrollo de la propuesta que tiene este proyecto que se está ambientando como parte de la reforma de la justicia.

¿Entiendo que usted está organizando una cumbre continental de Cortes?
Este año habrá dos grandes eventos: uno en Cartagena, el 11 y 12 de junio. Será la Conferencia iberoamericana de tribunales constitucionales de habla portuguesa y castellana. Pretendemos hacer un gran debate sobre la crisis de la democracia liberal y los derechos fundamentales frente a la automatización tecnológica. Vamos a mirar qué es democracia liberal, qué hacer con esto que se llaman los resentimientos acumulados de la gente que va marchando por la calle.

¿Qué tienen que ver las cortes constitucionales de América y Portugal con las marchas de protesta que hay en Bogotá?
No en Bogotá, en Iberoamérica; Chile, Bolivia, en general buena parte de Latinoamérica. Pero esto tiene que ver con un tema que uno encuentra referido en un texto interesante de Francis Fukuyama que habla de identidad y plantea que estos movimientos son resentimientos acumulados y que estos resentimientos se están dando por una falta de reconocimiento. Entonces, esa falta de reconocimiento está generando una reacción.
La suprema ley es la ley de la igualdad, nosotros estamos viviendo en una sociedad con una profunda desigualdad y eso hace que se genere una acumulación de resentimientos
La suprema ley es la ley de la igualdad, nosotros estamos viviendo en una sociedad con una profunda desigualdad y eso hace que se genere una acumulación de resentimientos; a los ciudadanos hay que escucharlos, y seguramente el Gobierno los está escuchando, pero no hay que olvidar que estos son reclamos de reconocimiento.

¿A qué llama usted profunda desigualdad? ¿A qué llama reconocimiento?
Los reclamos que se generan dan cuenta de una sociedad desigual, nuestra sociedad es una de las más desiguales de América Latina y, en últimas, esto representa una carga social profunda porque se traduce en reclamos por salud, pensiones y desempleo, etcétera. Y nuestros gobernantes y servidores deben escuchar y hacer todo para aliviar esas causas de desigualdad. Yo no acuso a los gobiernos. No. Es el sistema, es nuestra organización social, no se puede culpabilizar a un gobierno en concreto, nuestros gobiernos hacen grandes esfuerzos por superar estas angustias, pero lo cierto es que esto necesita una gran reingeniería social, y aquí viene el gran aporte de la Corte Constitucional, que ha sido válvula de escape por donde ha respirado la democracia.

Pero ¿a usted le gustan las marchas?
No se trata de que me gusten o no. La idea es el respeto a la protesta porque es la democracia en la calle. La Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del capítulo sexto del Código de Policía, que era el que regulaba el fenómeno de las marchas. La Corte concluyó que la regulación debe hacerse por ley estatutaria. Nos falta todavía la ley estatutaria que regule la democracia en las calles, habrá que hacerla cuidando el respeto por quienes están marchando. Las marchas deben respetarse, pero bajo su legalidad.

Y viene otro encuentro en Pereira sobre minorías, ¿no es cierto?
Sí. Estarán el presidente Iván Duque y los expresidentes César Gaviria, como gran promotor de la Constitución de 1991, y Juan Manuel Santos, como premio nobel de paz, al lado de grandes figuras nacionales e internacionales. Se hablará principalmente de las minorías ante la Constitución, y esto tiene un titular que se lo quiero vender: la democracia se legitima por el respeto a las minorías, si no hay respeto por las minorías, no habrá democracia. Así de sencillo. El encuentro será el 17 y 18 de septiembre, en Pereira.

YAMID AMAT
Especial para EL TIEMPO