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viernes, 29 de septiembre de 2017


Por: Jorge Iván Cuervo R.

Ideas para una reforma a la justicia

Cualquier reforma a la justicia que se proponga debe resolver tres puntos para asegurar su viabilidad: el origen, el camino y el contenido.
El origen tiene que ver con quien la propone, si el gobierno, el Congreso, la rama judicial o sectores de sociedad civil (universidades y centros de pensamiento como Dejusticia o la Corporación Excelencia en la Justicia). Un gobierno en el último año no tiene suficiente capital político para liderar ese proceso. Ello le corresponde a la propia rama judicial con la participación de la academia y con presencia de entidades como la Procuraduría General de la Nación. Lo cierto es que en el primer semestre del próximo año debe quedar listo el paquete de reformas que corresponde tramitar al siguiente Congreso y un cronograma de trabajo de mediano plazo que los gobiernos sucesivos deben liderar políticamente, en eso que se ha dado en llamar un gran acuerdo por la justicia.
El camino tiene que ver con la vía de reforma que debe elegirse y si ello implica reforma constitucional o legal (estatutaria y ordinaria). La reforma constitucional puede hacerse por Congreso, referendo o asamblea constituyente y cada paso tiene sus complicaciones, riesgos y distintos grados de eficacia.
Finalmente, el contenido de la reforma, esto es, qué es lo que debe cambiarse, lo cual está atado necesariamente al procedimiento a escoger. Si se precisa de cambios profundos en el sistema de justicia, la vía de reforma constitucional es la asamblea constituyente pues la Corte Constitucional cerró las otras vías, si de aspectos que alteren la autonomía e independencia judicial se trata. Otro tipo de reformas pueden hacerse sin reforma constitucional, pero para ello se tiene que tener claro qué es lo que debe reformarse, cómo ello resuelve el tema de la crisis, qué temas son estructurales, qué temas se originan en el diseño institucional, en los códigos de procedimiento, en la cultura jurídica o en las prácticas de jueces, empleados judiciales y abogados litigantes.
Por ejemplo, los problemas de oralidad se resuelven con más salas de audiencia, mejores sistemas de comunicación y de información, pero de nada sirve sino hay una mayor preparación de los jueces para dirigir las audiencias, lo cual es un tema de políticas y de gerencia judicial y de revisión de currículos en las facultades de Derecho.
Muchas de las reformas para un mejor funcionamiento de las Altas Cortes se pueden adoptar por reglamento, siempre y cuando se dé un ejercicio de auto crítica de los magistrados sobre la crisis de integridad ética que ha llegado a la cúpula judicial, la cual, a decir verdad, ha sido bastante tibia.
Es necesario hablar del espíritu corporativista de la rama judicial, y para ello no es conveniente la propuesta de los presidentes de la Corte Suprema y del Consejo de Estado de volver a la cooptación absoluta para la provisión de cargos en esas cortes. Por el contrario, hay que abrir el sistema de manera que mucha gente idónea se pueda inscribir, y luego de una selección previa con requisitos mínimos que debe administrar una suerte de Comité de Escogencia de la rama judicial, ahí sí cada Corte puede elegir.
Se necesita mucho más trasparencia y rendición de cuentas de toda la rama judicial, un mejor sistema de estadísticas y un sistema de control de la productividad judicial en tiempo real, ello sin afectar la independencia del juez.
Finalmente, toda reforma debe estar precedida de un estudio de exigencias de implementación, esto es, reformas institucionales que son necesarias, presupuesto proyectado en el contexto del Marco Fiscal de Mediano Plazo, recurso humano requerido y mecanismos de seguimiento ciudadano a dichas reformas, ojalá con acompañamiento internacional, con organizaciones como CEJAMERICAS o la Fundación Debido Proceso.
Esta crisis ha creado una ventana de oportunidad que no se puede desperdiciar.

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