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miércoles, 18 de octubre de 2017

Francisco Javier Ricaurte guardó silencio en su citación ante la Corte Suprema. El Espectador. 17 de octubre de 2.017.

ESTÁ DETENIDO EN LA CÁRCEL LA PICOTA, EN BOGOTÁ

Francisco Javier Ricaurte guardó silencio en su citación ante la Corte Suprema

El exmagistrado estaba citado para declarar en el proceso del senador Musa Besaile, sin embargo, se abstuvo de rendir su versión en este escándalo de corrupción que también lo salpica.
Foto: El Espectador
El expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Francisco Javier Ricaurte, hizo efectivo su derecho: guardo silenció y no respondió ninguna inquietud por escándalo conocido como el cartel de la toga. Ricaurte estaba citado en el marco de la investigación en contra del senador de la U, Musa Besaile, quien, hasta ahora, ha sido de único congresista en aceptar el pago de $2000 millones a una red conformada por magistrados y abogados para incidir en sentencias judiciales. (En contexto: Francisco Ricaurte, del cielo al infierno)
Su abogado, Álvaro Luna, manifestó que el exmagistrado tiene derecho a guardar silencio, entre otras cosas, porque aún no le han informado sobre la totalidad de las pruebas que vincularían a su cliente con la supuesta red de la que también harían parte el exmagistrado, José Leonidas Bustos, y el exfiscal anticorrupción, Luis Gustavo Moreno. Ricaurte, actualmente, se encuentra recluido en el patio de servidores públicos de la cárcel La Picota, sur de Bogotá, por orden de una jueza de garantías.
Este escándalo de corrupción comenzó cuando la vicefiscal, María Paulina Riveros, anunció la captura de Moreno en su propia oficina. La alta funcionaria informó que Moreno le había pedido dinero al procesado exgobernador de Córdoba, Alejandro Lyons, para entorpecer las pesquisas en su contra. Luego la DEA confirmó esta versión y señaló que Moreno le había solicitado a Lyons más de $500 millones. (Lea: Así era Francisco Ricaurte cuando estaba en la Corte Suprema)
Con el correr de las semanas, y en la medida en que se conoció parte de los contenidos de las grabaciones de la DEA sobre las conversaciones entre Moreno, su socio Leonardo Pinilla —capturado el 27 de junio— y Alejandro Lyons, inicialmente salieron a relucir los nombres de los exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia José Leonidas Bustos y Francisco Ricaurte. El primero, expresidente de la Sala Penal en 2012 y 2013, y expresidente de la Corte en 2015.
Francisco Ricaurte es abogado de la Universidad de Cartagena y se inició como citador en un juzgado de esa ciudad. En 1990 ya oficiaba como juez superior y se mantuvo en la Rama Judicial hasta el año 2004, cuando respaldado por el magistrado Carlos Isaac Náder accedió a la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Cuatro años después llegó a la presidencia del alto tribunal, en momentos en que el gobierno Uribe libraba una agria disputa pública con el alto tribunal. (Le podría interesar: Desfile de visitas en el despacho del exmagistrado Francisco Ricaurte)

El argumento de la extorsión de Musa Besaile es exótico: Corte Suprema de Justicia. El Espectador. 17 de octubre de 2017.


El argumento de la extorsión de Musa Besaile es exótico: Corte Suprema de Justicia

El alto tribunal, en la medida de aseguramiento en contra del senador criticó duramente que su defensa esté basada en que el exfiscal Gustavo Moreno lo extorsionó. Además, aseguró que el magistrado Gustavo Malo fue indispensable para el trabajo del cartel de la toga.
Musa Besaile se entregó el pasado 5 de octubre en Córdoba, después de estar 11 días prófugo de la justicia.Cristian Garavito
La Sala de Instrucción 2 de la Corte Suprema de Justicia le dio una cátedra de derecho penal básico al ingeniero civil y senador, Musa Besaile Fayad. En un documento de 34 páginas, en el que el alto tribunal ordenó la captura del congresista el pasado 13 de octubre, quedó claro que para la Corte el hecho de que Besaile se haya presentado como una víctima de una extorsión por parte del exfiscal Gustavo Moreno, es una excusa inaudita, precaria y exótica. Con esas palabras, el alto tribunal desvirtuó el argumento que presentó el senador y su abogado, Julián Quintana al comienzo del escándalo del cartel de la toga.(Lea: Senador Musa Besaile es enviado a la cárcel La Picota)
Según la versión de Besaile, Moreno lo contactó a finales de 2014 para contarle que en la Corte Suprema estaba lista una orden de captura en su contra en un caso de parapolítica y que, a cambio de $2.000 millones él iba a detener su detención. El senador dijo además de sentirse intimidado, tuvo miedo de lo que podía pasar si no le pagaba la millonaria suma al hoy detenido exfiscal. La Corte explicó que su historia ha estado plagada de contradicciones pues fue el propio Besaile el que le dijo al alto tribunal que sabía que en su expediente no había ningún elemento en su contra que pudiera ocasionar su captura. (“Gustavo Moreno era un extorsionista profesional": Musa Besaile) 
Por eso, la Corte señala que “resulta exótico que ahora justifique su comportamiento con una explicación inadmisible en esa y en cualquier otra circunstancia (…) La coacción para pagar una suma de dinero con el fin de detener una decisión judicial es una disculpa inaudita. Por principio, la coacción supone el empleo de la violencia para impedir a la persona realizar un acto que la ley no prohíbe, que es precisamente lo que acá no ocurre”, explica el alto tribunal, que además hizo una minuciosa tarea de detallar qué es una extorsión y en qué circunstancias se da. En el caso de Besaile, señaló la Corte, no se cumple. (En contexto: Investigación contra Gustavo Moreno por corrupción aterrizó en la Corte Suprema)
“El acto de pagar a los jueces es un acto ilegal y desestabilizador de un Estado cuya legitimidad se sustenta en la construcción del orden justo, algo que seguramente un senador no puede ignorar. De modo que hacer de la intervención de la justicia la razón de ser de un pago ilícito será siempre inaceptable en cualquier circunstancia y más aún por quien tiene, dada su posición social y política, el deber de acatar las órdenes judiciales”, resaltó el alto tribunal. (¿Hasta dónde llegó la corrupción en la justicia?)
En la providencia de la Corte Suprema, los magistrados Luis Antonio Hernández, Fernando Alberto Castro y José Luis Barceló, tuvieron en cuanta la declaración que rindió el exfiscal Moreno en el alto tribunal. “Las precisiones de Moreno, plenamente documentadas, permiten inferir que la relación entre él y Besaile no fue fortuita, ni el resultado de ocasionales coincidencias, y que sus sórdidos pactos no fueron el producto de la ‘coacción’ de un fugaz conocido, sino la concertada negociación entre personas con indiscutible grado de confianza”, explicó la Corte. (El enredo en que terminó el congresista Musa Besaile por haber confesado su soborno)
Otro de los puntos que tocó el alto tribunal en su providencia es la manera en que Musa Besaile recolectó el dinero para pagarle al cartel de la toga. La Corte Suprema recopiló los testimonios que aseguraron que quien le dio el dinero al senador, fue un empresario de Córdoba, Miguel Ramírez Gómez. Sin embargo, también tuvo en cuenta las versiones de quienes aseguraron, como el abogado Leonardo Pinilla y el exgobernador Alejandro Lyons, que parte de los $2.000 millones los obtuvo de dineros del desfalco de la gobernación de Córdoba. (El cara a cara entre Gustavo Moreno y Musa Besaile)
“Las manifestaciones de Leonardo Pinilla (abogado) y la declaración de Alejandro Lyons se articulan de manera perfecta en torno a dos circunstacnias: la necesidad que tenía Musa de pagar una fuerte suma de dinero a Gustavo Moreno y la convicción cierta de que ese dinero no tenía por qué afectar sus finanzas personales, debido a que podía obetenerlo de los créditos que le había dejado su alianza con el exgobernador de Córdoba en los convenios criminales realizados para apropiarse de recursos públicos a través de la contratación”, explica la providencia de la Corte Suprema.

Lo que dice la Corte del magistrado Gustavo Malo

Otro de los cuestionamientos que hizo el alto tribunal tiene que ver con la relación que habría tenido el magistrado Gustavo Malo, quien se encuentra en una licencia no remunearada, en el cartel de la toga. Para la Corte, la relación entre el jurista y el exmagistrado Francisco Ricaurte, quien está preso en La Picota señalado por ser uno de los jefes de la red criminal, es tan clara que, aseguran, ambos se habrían beneficiado del pago de Besaile. Según la providencia, Malo fue clave para intervenir en el expediente contra el senador y sin su intervención, no se hubiera podido pactar el negocio de los $2.000 millones. (En medio del escándalo en la Corte, magistrado Gustavo Malo quedó entre la espada y la pared)
“Que el caso de Besaile durmiera el ‘sueño de los justos’, como lo dijo Moreno, solo se podía garantizar con la indispensable intervención del magistrado Malo, amigo del doctor Ricaurte, quien decidió por fuerza de la desconfianza con la red de intermediarios, pactar directamente con el senador el pago y garantizar el relativo éxito de la ilícita gestión”,  señaló la Corte Suprema que asimismo no titubeó en afirmar que, para eviar la captura de Besaile, el senador habría pagado una importante suma de dinero a través del abogado Luis Gustavo Moreno Rivera, entre otros, al magistrado Gustavo Malo Fernández, responsable de esa investigación". (Magistrado Gustavo Malo solicitó apartarse de su cargo por dos meses para defenderse)
Que hoy la justicia colombiana esté investigando la peor crisis por la que haya tenido que pasara la Corte Suprema de Justicia en su historia, es el resultado de la interceptaciones de una llamadas en las que se escucharon "los secretos de los involucrados que solamente podían saber sus artífices y que se dieron a conocer gracias a la ambición desmedida de sus protagonistas”. Para el alto tribunal, es claro que Musa Besaile no tenía ninguna intención de “concurrir al proceso y su entrega no fue producto de su voluntad de colaborar con la justicia, sino consecuencia de la presión y esfuerzos desplegados por el CTI”.
Aunque el senador trató por todos los medios detener la orden de captura por este caso, recurriendo al argumento de que se debe respetar su derecho a la presunción de inocencia, para la Corte, en esta situación, debe prevalecer el interés social que, en este caso, es el derecho de los colombianos a conocer con certeza qué fue lo que pasó dentro del alto tribunal en relación con el cartel de la toga. 

martes, 17 de octubre de 2017

La Corrupción en la Rama Ejecutiva del Poder Público. Envían a la cárcel a ex gobernador de la Guajira. El Espectador.

La Corrupción en la Rama Ejecutiva del Poder Público.



FUE DETENIDO DESPUÉS DE LA AUDIENCIA

Envían a prisión a José María Ballesteros, exgobernador de La Guajira

Ballesteros es investigado por su presunta participación en la suscripción de un convenio que no cumplía con los requisitos legales de contratación. Fue celebrado en 2014 por un valor de $17.584 millones.
José María Ballesteros, exgobernador de La Guajira. Archivo El Espectador.
Un magistrado del Tribunal Superior de Bogotá envió a prisión al exgobernador de La Guajira, José María Ballesteros, por los delitos de peculado por apropiación y contratación sin requisitos legales. La Fiscalía investiga su presunta participación en la suscripción irregular de un convenio de cooperación especial, en 2014, por un valor de $17.584 millones para prevenir el dengue.
Este convenio, denominado contrato de cooperación especial 019, fue suscrito entre la gobernación y la Organización Latinoamericana para el Fortalecimiento de la Investigación en Salud (Olfis) a través de su representante legal Fredi Alexander Díaz Quijano. Este convenio, según la Fiscalía, tenía que realizarse en un plazo de 32 meses.  
Según las investigaciones, el contrato fue entregado por la Gobernación de manera directa, y sin licitación pública, a la organización sin ánimo de lucro. Los investigadores determinaron que Olfis no contaba con la experiencia exigida ni con la capacidad económica o administrativa para cumplir los objetivos trazados por el convenio. 
El contrato "fue tramitado y suscrito sin la observancia de los requisitos esenciales, desconociendo los principios de planeación, selección objetiva, economía, responsabilidad y transparencia, permitiendo con ello, la apropiación de recursos públicos a favor de terceros; además, de haber solicitado la entrega de dinero a cambio de la firma del convenio y autorizar el primer desembolso", expresa el ente investigativo. 
Igualmente, en la investigación se determinó que los recursos enviados por Colciencias para adelantar el proyecto de investigación presentado por la Gobernación tiene problemas para su ejecución. La Fiscalía, igualmente, investiga a Díaz Quijano; el exsecretario de Salud departamental, Gonzalo Francisco Araujo; y el asesor del exgobernador en temas contractuales, Marco Luis Pedraza.

La corrupción en la Rama Ejecutiva del Poder Público. Superintendencia de Salud. Procuraduría abre investigación a Superintendente de Salud. El Espectador.

La corrupción en la Rama Ejecutiva del POder Público. Superintendencia de Salud.

LA PROCURADURÍA ORDENÓ LA PRÁCTICA DE PRUEBAS

Procuraduría abre investigación a Norman Julio Muñoz, superintendente de Salud

El funcionario, supuestamente, habría incumplido los requisitos para la autorización del funcionamiento o habilitación de la EPS Medimás a pesar de la existencia de incumplimientos en los servicios de salud.
Norman Julio Muñoz, superintendente de Salud. Cortesía
Este martes, la Procuraduría abrió investigación disciplinaria contra Norman Julio Muñoz, superintendente nacional de salud, por presuntas irregularidades en el ejercicio de sus funciones. El organismo control investiga que Muñoz, al parecer, permitió y autorizó el inicio de operaciones de Medimás EPS, el pasado 1° de agosto, sin que contara con una red que soportara adecuadamente el servicio en el país. (Lea: Ultimátum de dos meses a Medimás)
El funcionario, supuestamente, habría incumplido los requisitos para la autorización del funcionamiento o habilitación de la EPS. Además, se investiga por qué a pesar de la existencia de incumplimientos en los servicios de salud, deficiencias que daban lugar a la intervención administrativa, revocatoria o suspensión del certificado de autorización o de habilitación de funcionamiento por parte de la Supersalud, la entidad de control no ha iniciado los procedimientos correspondientes.
Esta decisión se da luego de que el pasado 11 de octubre, la procuraduría delegada para la salud, la protección social y el trabajo, presentó el informe que puso fin al proceso preventivo en el caso de Medimás, en donde se advierten las irregularidades encontradas y la necesidad de la prestación de los servicios de salud en condiciones de acceso real y oportuno.
Como parte de esta investigación, el Ministerio Público ordenó la práctica de pruebas, entre ellas, oficiar a la Supersalud la entrega de copia de los procedimientos administrativos contra Medimás EPS por los incumplimientos en la prestación del servicio de salud

La corrupción en los partidos políticos y en la Rama Legislativa del Poder Público. Armando Benedetti, denunciado por supuestos hechos de corrupción. El Espectador.

La corrupción en los partidos políticos y en la Rama Legislativa del Poder Público.

Armando Benedetti, denunciado por supuestos hechos de corrupción.

El abogado Jaime Lombana fue quien interpuso la denuncia. Benedetti rechaza el asunto y acusa a Lombana de recurrir a "refritos" para afectarlo.
Armando Benedetti, senador del Partido de la U.Archivo
El abogado Jaime Lombana interpuso una denuncia contra el senador del partido de la U Armando Benedetti, por supuestos hechos de corrupción. Según el abogado, Benedetti habría realizado actos para, supuestamente, apropiarse de los recursos del Fondo Financiero de Proyectos para el Desarrollo (Fonade), en coautoría con los también senadores Musa Besaile y Bernardo el "Ñoño" Elías.
De acuerdo a la denuncia de Lombana, Benedetti habría usado Fonade como cuota política para “venderles” cupos indicativos a Besaile y al "Ñoño" Elías. A eso, agrega la denuncia de Lombana, se suma el hecho de que Benedetti habría solicitado una comisión del 20% del dinero que estaría asignado al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio de Córdoba.
“Desde octubre de 2015 el principal testigo del caso, abogado Alvaro Enrique Burgos del Toro, fue capturado y relató bajo la gravedad del juramento a las autoridades 'las circunstancias en que conoció a Benedetti, y los términos en los que él le exigió el pago del 20% del dinero que estaba siendo robado al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio de Córdoba'", y que a un enviado del senador Benedetti le hizo una primera entrega de $2 mil millones”, añade la denuncia, según recogió La FM.
También dice que el senador habría ejercido presiones contra el entonces presidente de Fiduprevisora, Hernando Chica Zucardi, por las que habría renunciado a su puesto, lo mismo que contra Diego Arcila (de la misma entidad) y quien también se retiró de su cargo, supuestamente por los mismos motivos que Chica.
Otro de los puntos a los que se refiere es que el senador tendría intereses en una de las dos empresas que realizan exámenes de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, según la lo establece la ley 1539 de 2012. Afirma Lombana que tanto los accionistas como los familiares de la empresa son del mismo grupo político que apoyó a Benedetti para llegar al Congreso.

La respuesta de Benedetti a Lombana

“Hoy surgen en mi contra aseveraciones a través del señor Jaime Lombana Villalba que son ajenas a toda verdad y seriedad. Es su costumbre trasladar a los medios los asuntos que judicial y profesionalmente le son encomendados. Lo de ayer es simplemente un vulgar refrito. El señor Lombana ya me demandó inútilmente en el pasado reciente”. Con esas palabras, Benedetti salió al ruedo a rechazar la denuncia del abogado Jaime Lombana. 
"Ojalá las coincidencias de tiempo tanto en la difusión de las insidias de Lombana como en la de los discursos incendiarios de odio sean solo eso", agregó Benedetti. "En la investigación preliminar que se adelanta desde noviembre de 2016 en mi contra, la Corte Suprema de Justicia ha recopilado más de 30 declaraciones y en ninguna me han vinculado con hechos de corrupción en Córdoba". 

jueves, 12 de octubre de 2017

Ambito Jurídico. 06 de septiembre de 2017. Reforma política revive Comisión de Aforados, Gobierno anuncia proyecto de reforma a la justicia.

Reforma política revive Comisión de Aforados, Gobierno anuncia proyecto de reforma a la justicia.

06 de septiembre del 2017


El presidente de la República, Juan Manuel Santos, defendió que se presentara al Congreso, dentro de su iniciativa de reforma política, una propuesta para crear una Comisión de Aforados encargada de investigar y acusar a los magistrados de las altas cortes, incluyendo los de la justicia especial de paz, y al Fiscal General de la Nación. (Lea: Estos son los puntos centrales del proyecto de reforma política)

La creación del organismo, que ya fue declarado inexequible por la Corte Constitucional cuando se incluyó en la reforma de equilibrio de poderes, fue explicada por el mandatario durante la posesión de los juristas José Fernando Reyes Cuartas como magistrado de la Corte Constitucional y Oswaldo Giraldo López como magistrado del Consejo de Estado.

Vale la pena precisar que hasta ahora se aprobó en primer debate, por la Comisión Primera de la Cámara. (Lea: En vigencia reforma penal en materia electoral)

Comisión de Aforados
El ministro del Interior, Guillermo Rivera, precisó que la Comisión Nacional del Servicio Civil sería la encargada de convocar a “un concurso de méritos y a quienes superen ese concurso los enviará como lista de elegibles para que el Legislativo en pleno escoja cinco juristas. Estos tendrían un periodo de ocho años, un cuerpo técnico de investigación que pertenecerá a esa comisión y en aquellos casos en que estime que hay razones para acusar a un magistrado de una alta corte o al Fiscal General de la Nación informará al Congreso en pleno, que solo podrá negar la acusación por la mayoría de sus miembros y solo cuando exista una flagrante violación al debido proceso”.

Añadió que si esa mayoría no se logra, la investigación y la acusación pasarán a la Corte Suprema de Justicia si se trata de magistrados del Consejo de Estado o de la Corte Constitucional o a una sala de conjueces si se trata de magistrados de la Corte Suprema o del Fiscal General de la Nación.

Nuevo proyecto de reforma a la justicia
Por otra parte, el Presidente Santos indicó que el Ejecutivo planea presentar un proyecto de reforma a la justicia, pero su trámite corresponderá al Gobierno y al Congreso que se elijan el próximo año.

“Le he pedido al Ministro de Justicia que inicie un proceso de socialización con las propias Cortes, con universidades y todos los interesados, para ver si podemos encontrar un consenso para presentar una reforma, ya será para el semestre entrante”, sostuvo el mandatario.

Clan del Golfo
Finalmente, Santos anunció que la organización denominada ‘Clan del Golfo’, encabezada por alias Otoniel, ofreció el pasado domingo al Gobierno someterse a la justicia colombiana.

“Se trataría de un sometimiento a la justicia, no de una negociación política”, afirmó.

Tras conocerse este mensaje de sometimiento, el jefe de Estado pidió al Ministro de Justicia y al Fiscal General evaluar esta posibilidad.

Ambito Jurídico. 11 de octubre de 2017. La elección de magistrados de las altas cortes en la historia colombiana. Francisco Barbosa.

La elección de magistrados de las altas cortes en la historia colombiana.
11 de octubre del 2017


Francisco Barbosa
Ph D en Derecho Público Universidad de Nantes (Francia).
Docente investigador Universidad Externado de Colombia

La crisis de la justicia es inédita. Se habían presentado problemas dentro de la estructura de la Rama Judicial en diversos momentos de la historia, pero la actual situación en la cual algunos exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia han resultado envueltos en nauseabundos asuntos de compra y venta de fallos judiciales no tiene parangón en la historia.

Más allá del caso concreto de corrupción que sacude a la rama, es necesario determinar en la historia de nuestro constitucionalismo, la manera como las altas cortes se conformaban y la forma como se interrelacionaban las ramas del Poder Público. Esta explicación es esencial para comprender las rupturas y continuidades que se han presentado en la historia y que fueron alteradas por una construcción equivocada de la Constitución de 1991.

El siglo XIX y las variadas formas de elección
En la historia constitucional colombiana, se partió de la base de la edificación de una justicia con influencia directa del Ejecutivo. Esto se ve en las Constituciones de 1821, 1830, 1832 y 1886. En estas, se determinó que las ternas para elegir a los magistrados surgían del Ejecutivo. En el marco de los procesos de renovación, el control retornaba al Ejecutivo, que proponía candidatos y el Congreso nombraba.

Modificaciones a esa figura se observaron en la Constitución de 1843, en la cual los magistrados -ministros- de la Corte Suprema eran nombrados por el Poder Ejecutivo, de terna de la Corte Suprema. En la Carta Política de 1853, la Suprema Corte de la Nación se componía de tres magistrados elegidos popularmente en propiedad. Esta forma exótica de elegir magistrados se incluyó, por primera y última vez, en nuestro territorio, haciendo eco de las concepciones democráticas que comenzaban a materializarse en diversos cuerpos sociales.

Del mismo modo, en el régimen federal se establecieron mecanismos disímiles de elección. En 1858, se estableció que los magistrados de la Corte Suprema fueran elegidos por el Congreso, de propuesta de las legislaturas de los Estados. En 1863, se definió que cada legislatura en el territorio nacional presentara al Congreso una lista de individuos en número igual al de las plazas que debían proveerse, y el Congreso declarara elegidos los cinco que reúnan más votos. Si había empate, se decidía por suerte. Esta condición del azar es uno de los aspectos más interesantes en el constitucionalismo colombiano.

El cierre de ese siglo se presentó con la Constitución de 1886, que repitió la fórmula de elección del Congreso por propuesta del Presidente de la República, pero añadió que el mismo Jefe de Estado nombraría a los magistrados de tribunal superior, de ternas presentadas por la Corte Suprema. Esta fórmula no se alteró en los diversos actos legislativos del siglo XX (A. L. 3/10, 1º/36 y 1º/45). 

Habría que hacer una salvedad: en el periodo de 1886 a 1910 en nuestro país no existió materialmente una Constitución, por la inexistencia del principio de supremacía derivado del risible artículo 6º de la Ley 153 de 1887, que indicó que una norma legal se reputaba constitucional aun cuando no lo pareciera. El monumento al cinismo de Caro y al espíritu de bandería.

Con estos cambios, se verificaron las primeras desavenencias con la Corte y se alteraron algunas dinámicas entre las ramas Ejecutiva y Judicial.

Vicisitudes del siglo XX: de Reyes a Rojas
En el siglo XX, las altas cortes fueron objeto de intervención política por diversos gobiernos. En el caso del presidente Reyes, fue determinante la configuración de una Corte Suprema de bolsillo, luego de un enfrentamiento con ese tribunal. En septiembre de 1905, el máximo tribunal colombiano conoció de una demanda que se presentó por un fraude electoral fraguado presuntamente por el presidente Reyes. El fraude consistió en la alteración del registro de Padilla (actual departamento de La Guajira). La Corte Suprema de Justicia, que tenía una composición conservadora nacionalista y cuyos miembros habían sido nombrados de forma vitalicia, consideró que no había existido tal fraude.

Sin embargo, el magistrado liberal Carmelo Valencia consideró que el registro era ilegal, puesto que la Asamblea Electoral de la intendencia de La Guajira no se había reunido. Con posterioridad, apareció el acta firmada por 45 personas que indicaban que sí se habían reunido, eligiendo al candidato a presidente a Rafael Reyes y a su fórmula vicepresidencial, Ramón González Valencia.

Por oponerse a la decisión mayoritaria, el presidente Reyes ordenó la destitución del magistrado Valencia. Otro magistrado, Isaías Castro, renunció a su cargo ante la reacción del Ejecutivo. Reyes aprovechó ese momento para introducir una reforma a la justicia consagrada en el Acto Legislativo 01 de 1905, nombrando nuevos magistrados en la Corte Suprema, por un periodo de cinco años y derogando el carácter vitalicio de sus cargos.

En 1936, el presidente Alfonso López Pumarejo, gran promotor de las reformas liberales de mediados de siglo, tuvo la oportunidad de modificar la Corte Suprema de Justicia por la reticencia de la misma para aceptar los cambios constitucionales y legales del Partido Liberal. Por esa razón, López Pumarejo, aprovechando que el periodo de los magistrados vencía el 30 de abril de 1935, ternó a una mayoría de magistrados liberales (7) contra 5 conservadores. La elección era realizada por el Congreso, que tenía mayoría liberal.

Otro caso interesante se presenta durante el gobierno del general Rojas Pinilla (1953-1957), cuando el 13 de noviembre de 1953, la Corte Suprema renuncia ante el general Rojas, indicando que no aceptaban las críticas dadas por el Ejecutivo a sus decisiones. El general había atacado a la administración de justicia por una presunta politización de la misma. Aprovechando la renuncia de los togados, Rojas nombra, días después, nuevos miembros de esa Corte Suprema, con el propósito de justificar sus innumerables arbitrariedades, propias de un régimen opresor de libertades.

Dos años más tarde, el mismo dictador crea, a través del Decreto 1762 de 1956, una “sala de negocios constitucionales”, origen de nuestra Corte Constitucional, dentro de la Corte Suprema, a la cual se le otorga la guarda de la Constitución. Era una forma de asegurar la constitucionalidad de sus decretos de Estado de sitio.

Ese hecho generó una renuncia masiva de magistrados de la Corte Suprema, la cual, a la usanza del dictador Rojas, se resolvía nombrando a otros miembros. Esta última Corte de Rojas renunció en noviembre de 1957, luego de declararse inhibida frente a los decretos que convocaban el referendo que daba paso al Frente Nacional. Dio un paso al costado al indicar que la fuente del poder de la Junta Militar era el pueblo.

De 1958 hasta la Constitución de 1991
En 1957 se establece, por reforma constitucional, la cooptación y se fija la edad de retiro forzoso como motivo de salida del cargo. Entre ese periodo del Frente Nacional hasta la Constitución de 1991, la Corte asume cierta independencia como cuando declara inconstitucional el Acto Legislativo 01 de 1977, presentado por el presidente López Michelsen, por medio del cual convoca a una Asamblea Constitucional para reformar la Carta. La Corte consideró que solo el Congreso era el encargado de modificarla y no cabía la delegación de esa función en otro cuerpo diferente.

También lo hizo cuando declara inconstitucional el Acto Legislativo 01 de 1979 presentado por el presidente Turbay, por razones de trámite. En ese acto modificatorio de la Carta de 1886 se establecía, entre otras cosas, la creación del Consejo Superior de la Judicatura, que tendría la función de investigar y juzgar a los magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado.

Estos actos de independencia son esenciales para entender que ese mecanismo de cooptación fue interesante para construir una Rama Judicial que estuviera fuera del radar de la política. Las cosas cambiaron con la Constitución de 1991.

La confusión de los roles
La Constitución de 1991 surgió por múltiples razones. La principal, la manera como se impidieron las modificaciones de la Carta de 1886 que llevó a que, de forma inconstitucional y con múltiples tropiezos, terminara alterando el régimen constitucional anterior. Sus cambios recogieron parte de las discusiones del Acto Legislativo 01 de 1979 en las tres ramas del Poder Público.

En la judicatura hubo modificaciones importantes. Se establecieron diversos sistemas de elección para las cortes. Para la Corte Constitucional, un sistema de ternas elaboradas por el Consejo de Estado, la Corte Suprema y el Presidente de la República. Estas deben ser presentadas ante el Congreso, que elige a los magistrados.

Para la Corte Suprema y el Consejo de Estado, se estableció un sistema de elección compleja de magistrados, en la cual la cooptación es la regla. Empero, es una cooptación particular, porque un órgano adicional, el Consejo Superior de la Judicatura, elabora las ternas de elegibles y se las remite a las cortes para que escojan magistrados. El problema es que el Consejo Superior de la Judicatura es elegido por el Congreso, lo que puso en contacto un poder público que no había tenido injerencia histórica en las cortes.

Las consecuencias de esto son evidentes. Escándalos de corrupción, ausencia de mecanismos de sanción, solidaridad de cuerpo y desarticulación del Estado de derecho. Todavía está en la retina ciertas decisiones de la Corte Constitucional declarando inexequible reformas como la que estableció el Tribunal de Aforados, por sustituir la Constitución de 1991. Lamentable yerro judicial.

Ante este panorama, no nos queda más que buscar acabar con el maridaje existente entre las cortes y el Congreso, a través de una constituyente parcial, ya que por la vía legislativa no fue posible. La experiencia constitucional comparada nos indica que cuando los órganos judiciales evitan las reformas o desequilibran los poderes, tarde o temprano se convocan constituyentes para resolver esa distopía.