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jueves, 26 de enero de 2012

Tomado del Blog de Mario Conde, sobre la Reforma a la Justicia Española.

Por Mario Conde

26 Jan 2012

Sobre la reforma a la justicia españolacomentarios




Es fundamental que los 12 miembros judiciales no sean nombrados por los políticos.

La Constitución Española de 1978 proclamó solemnemente que la Justicia emanaba del pueblo y se administraba por jueces y magistrados independientes, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley. Fantástico. Pero, en este como en otros territorios en los que habitan los derechos y las libertades, entre la proclamación constitucional y la vida diaria se alza un abismo considerable debido a que el poder se ejerce dentro de un marco al que califico de sistema. Así escribí en 1994: “Si queremos comprender cómo funcionan las relaciones reales de poder en España, no basta con acudir a un texto constitucional, sino contrastar la definición teórica con el verdadero funcionamiento empírico”. (El sistema) Hoy, 2012, muchos años después, la generalidad de los españoles alberga un concepto muy negativo de la Justicia. Terrible noticia, porque desconfiar de quienes ejecutan las leyes es poner en cuarentena el Estado de Derecho, es decir, nuestros derechos, libertades, haciendas y dignidades. Y la razón para tal desconfianza parece radicar en que algunos sienten cumplida la aterradora admonición de Goethe: “Justo acaba siendo lo que conviene a quien dicta sentencia”.
El 1 de julio de 1985, el Gobierno de Felipe González aprobó la Ley Orgánica del Poder Judicial. Posiblemente tuvieran en mente que la clave consistía no tanto en las leyes como en los hombres que las ejecutan, dado que la experiencia prueba que la hermenéutica jurídica, cuando se pone al servicio de la política, admite unos grados de “flexibilidad” sorprendentes. Por ello, la persona-juez se convierte en objetivo fundamental. Y para controlarlo, el paso inicial lo constituía el Consejo General del Poder Judicial, el encargado teóricamente de nombramientos, ascensos, promociones, esto es, de la faceta humana del hombre de la Justicia. Controlando al Consejo se conseguiría manejar en gran medida o en medida suficiente la composición de los órganos judiciales. Para ello nada mejor que la lacónica frase del artículo 112, apartado 1 de esa ley del 85. “Los vocales del Consejo General del Poder Judicial serán propuestos por el Congreso de los Diputados y el Senado”. Agradezco lo de “propuesto”, pero en realidad son nombrados por los políticos. Y como el Consejo gobierna a los jueces, los políticos acaban de invadir sin tapujos la independencia judicial. Sepan, señores jueces, que sus carreras dependen de los políticos, y no lo olviden cuando administren “justicia” en casos que interesan al poder.
¿Es constitucional semejante destrozo? Pues sí, porque si bien es verdad que la Constitución señala que 12 de los 20 miembros del Consejo tienen que ser nombrados entre jueces y magistrados, añade la terrible frase: “En los términos que establezca la Ley Orgánica”. Amparados en esa cláusula tan genérica crearon una Ley que desnaturaliza por vía tan directa el principio de la separación de poderes. La Justicia no sólo tiene que ser independiente sino, además, parecerlo, y tal valor se depreda si depende de nombramientos políticos. Alguien dijo: “Montesquieu ha muerto”. En realidad fue un asesinato.
Acaba de anunciar la vicepresidenta del Gobierno una reforma retornando al modelo anterior. Distingamos. Es fundamental que los doce miembros judiciales no sean nombrados por los políticos. Ese parece ser el espíritu de la reforma. ¿Se puede ir mas allá? Difícil por el corsé constitucional. ¿Se debería? Para mí, sin duda. Sustraer de toda influencia política a la administración de Justicia es un valor primario de la convivencia. No lo digo sólo como abogado del Estado. Lo ratifico por experiencia sufrida.
Tendremos que esperar a ver el modo concreto de designación de esos 12 miembros. La izquierda –así llamada– se opondrá seguramente con el argumento de que si los nombran las asociaciones, como son mayoría de conservadores, la Justicia será conservadora. Parece que ignora que separar las convicciones ideológicas del respeto a la ley es decisivo. Difícil, pero básico, y quizás los casos de sectarismo en sus filas les alarmen. Hay que ir, incluso, a más, y conseguir que los cargos electos tales como presidentes de TSJ o de audiencias provinciales, en fin, cargos de designación libre, sean elegidos por los propios jueces y magistrados, estableciendo de manera clara las condiciones de antigüedad y méritos de los candidatos. ¿Es esta propuesta un corporativismo trasnochado? Para nada. Si el Poder Judicial tiene que ser independiente, creemos un cuerpo normativo que lo permita. ¿Con ello eliminaremos el riesgo de jueces capaces de dictar sentencias que priven de libertad a personas por designios del poder político? No, pero se lo pondremos mas difícil y eso ya es mucho. Quedan otros pasos: que el Consejo gestione el presupuesto de la Justicia, asunto para otro día. Y otro: crear delitos agravados especialmente para los jueces corruptos, por dinero o por ser jueces del poder político. Ganaremos todos".

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