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miércoles, 8 de mayo de 2019

Avanza primer debate a reforma a la justicia propuesta por Cambio Radical. LEGIS Ambito Jurídico 07 de mayo de 2019

CONGRESO

Avanza primer debate a reforma a la justicia propuesta por Cambio Radical


Avanza primer debate a reforma a la justicia propuesta por Cambio Radical (Bigstockphoto)
En la sesión del pasado miércoles, la Comisión Primera del 
Senado aprobó algunos artículos la reforma a la justicia 
presentada por la bancada de Cambio Radical.

Aunque ha logrado el respaldo de varios partidos y del mismo Gobierno, la propuesta de reforma a la Constitución tiene los tiempos apretados para superar la primera vuelta, pues se encuentra en primer debate; estos son los artículos votados favorablemente:

·        Obligatoriedad del precedente. Se introduce al artículo 230 de la Constitución Política la obligatoriedad del precedente, es decir, los jueces, además de estar sometidos 
a la ley, deberán acatar el precedente judicial.

·         Tutela. Se agregaría un parágrafo al artículo 86 de la Carta, para que solamente pueda interponer tutela el titular 
del derecho, su representante legal, su apoderado o el agente oficioso cuando no pueda interponerla directamente. Las acciones de tutela interpuestas por otras personas serían rechazadas.

·         Trámite legislativo. Se adicionaría un parágrafo al 
artículo 150 de la Constitución, para que en el trámite legislativo se identifique la legislación que se modifica, 
adiciona o suprime, a efectos de que la norma correspondiente se incorpore dentro de la respectiva compilación normativa 
por materias. Así mismo, la derogatoria de normas sería obligatoriamente expresa.

·         Requisitos para ser magistrado. Para ser magistrado 
se ampliaría el tiempo requerido en cargos públicos, de 15 
25 años; a su vez, se establecería que una vez terminado su periodo los magistrados elegidos no podrán litigar directa o indirectamente ante la jurisdicción en la cual fueron elegidos 
ni ser elegidos para cargos de elección popular (artículo 232).

·         Prohibición de reelección. Se pretende que  los magistrados de las altas cortes no puedan ser reelegidos y permanezcan en sus cargos solo si tienen un buen desempeño 
y no han llegado a edad de retiro forzoso (artículo 233).

·         Registrador Nacional del Estado Civil. Se busca 
cambiar la forma de elección del Registrador Nacional para 
que sea escogido por el Congreso (artículo 266).

·         Contraloría General de la República. El artículo 9º sostiene que la vigilancia de la gestión fiscal de la 
Contraloría General de la República se ejercerá por un 
auditor elegido por el Congreso (artículo 274) .

·         Magistrados de la Corte Constitucional. El artículo 
11 de la propuesta modificaría lo dispuesto en el artículo 
239 de la Constitución, para que los magistrados de la Corte Constitucional sean elegidos por el Senado de la República mediante concurso de méritos, de lista de elegibles 
conformada por convocatoria pública.

Senado, proyecto de acto legislativo 037/19S.

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