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jueves, 4 de diciembre de 2014

Proyecto para financiar a la Rama Judicial, aprobado en primer debate. Las comisiones terceras del Congreso, en sesión conjunta, aprobaron en primer debate el proyecto de ley que busca alternativas de financiamiento para la Rama Judicial.

Proyecto para financiar a la Rama Judicial, aprobado en primer debate. 
4 de Diciembre 2:45 PM ambitojuridico.com
Las comisiones terceras del Congreso, en sesión conjunta, aprobaron en primer debate el proyecto de ley que busca alternativas de financiamiento para la Rama Judicial.

Dichas alternativas son seis: los depósitos judiciales vencidos; las multas impuestas a las partes, jueces y terceros en procesos judiciales y arbitrales; el impuesto de remate y adjudicaciones; las condenas por estimar en exceso una indemnización, compensación o el pago de frutos o mejoras; la compartición de bienes, que se refiere a negociar acuerdos con otros Estados que capturen a delincuentes gracias a información proveniente de Colombia, y el pago que los centros de arbitraje y los árbitros aportarían por los procesos que llevan.

Según la propuesta, los recursos que se obtengan durante los primeros cuatro años de vigencia de la ley se destinarán prioritariamente a la puesta en marcha del sistema oral establecido en el Código General del Proceso, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y el Código de Procedimiento Penal.

Por su parte, los provenientes de las multas impuestas a las partes, jueces y terceros en los procesos judiciales y arbitrales de todas las jurisdicciones se consignarían a favor dela Rama Judicial, Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, o quien haga sus veces, con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia.

El Gobierno y la Fiscalía General de la Nación suscribirían acuerdos con otros Estados, con el fin de que el Estado colombiano pueda compartir los bienes y recursos producto de actividades ilícitas que sean objeto de comiso, decomiso o extinción de dominio, obtenidos como resultado de acciones de cooperación internacional para la persecución del delito.

Según se explica, el proyecto no genera nuevas cargas tributarias ni crea barreras para el acceso a la justicia. Por el contrario, “redestina recursos ya existentes a un solo fondo, de tal forma que se administren de forma eficiente los ingresos provenientes de diversas fuentes”.


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