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jueves, 12 de abril de 2012

Se radicó Proyecto de Acto Legislativo en Comisión Primera del Senado de la República para Segunda vuelta Legislativa.


Reforma a la Justicia inicia su trámite en segunda vuelta
ambitojurídico.com. miércoles 11 de abril 5:52 PM

Los ponentes del proyecto de acto legislativo de reforma a la justicia radicaron ante la Comisión Primera del Senado de la República la ponencia positiva para primer debate en segunda vuelta.

Dentro de las modificaciones a la propuesta, se incluyó una norma que le permitiría a la Policía retener hasta por 72 horas a personas que puedan afectar su integridad personal o la de terceros.

Por otra parte, se faculta expresamente a la Contraloría General de la República para que ejerza el control fiscal sobre los aforados constitucionales, excepto el Presidente, el Vicepresidente y los magistrados de la Corte Constitucional.

En cuanto al juzgamiento de aforados constitucionales, se mantiene el artículo que dispone la creación de una Sala de Investigación y Calificación y de una Sala de Juzgamiento.

Sin embargo, la Sala de Investigación estará integrada por 10 miembros elegidos por la Corte Constitucional de ternas enviadas por el Presidente. Así mismo, la Corte Suprema elegirá a los 5 miembros de la Sala de Juzgamiento.

Adicionalmente, los aforados solo podrán ser privados de la libertad, cuando exista sentencia condenatoria o en caso de flagrancia.


Estas son algunas de las normas eliminadas en la ponencia:

-          La disposición sobre el fuero militar, por ser un tema tramitado específicamente en el proyecto de acto legislativo 192/12C, que pretende reformar la justicia penal militar.

-          El artículo que consagraba la figura del hábeas iuris, porque, a juicio de los ponentes, este mecanismo es innecesario y, además, debilitaría a la acción de tutela.

-          La norma encaminada a proteger los derechos de los consumidores, ya que el Estatuto del Consumidor entra en vigencia este 12 de abril.

-          La autorización al legislador para regular los montos de las indemnizaciones que debería pagar el Estado por responsabilidad extracontractual. Según la ponencia, el daño debe ser tasado por el juez, en cada caso.

-          La posibilidad de que el Procurador General de la Nación vigile la conducta oficial de los congresistas.

¿En qué va la reforma a la justicia penal militar?
El proyecto de acto legislativo que pretende modificar los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución recibió ponencia favorable para segundo debate.

La ponencia adiciona un artículo transitorio a la reforma, con el fin de que no se aplique a los procesos penales que se adelantan actualmente contra miembros de la fuerza pública en la jurisdicción ordinaria.

En ese sentido, la iniciativa ordena expedir una ley estatutaria que aclare las competencias materiales de la jurisdicción ordinaria y de la penal militar.

(Senado de la República, Ponencia proyecto de acto legislativo 007-11S-009-11S-011-11S-012-11S-013-11S-143-11C, abr.11/12)

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