30 Mayo 2012 - 10:35 pm
Reforma a la justicia
Magistrados elegirán a sus reemplazos por
convocatoria pública
Por: Elespectador.com
Así quedó aprobado en séptimo debate en reforma a la justicia. Aunque
hay cooptación, no prosperó la idea de imponer concurso de méritos. Votación
continuará este jueves.
La comisión primera de la Cámara de Representantes avanzó este miércoles
en la noche en aprobación de parte de la reforma a la justicia en su séptimo de
ocho debates.
Se destaca de la aprobación, hasta el momento, el artículo que establece
que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado
serán elegidos por la respectiva corporación mediante el voto afirmativo de la
mayoría absoluta de sus miembros, de listas de 10 candidatos conformadas por la
Sala de Gobierno Judicial previa convocatoria pública.
Es decir, ahora será por cooptación la elección de los juristas.
Artículo 13
Los magistrados de la Corte Suprema
de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por la respectiva
corporación mediante el voto afirmativo de la mayoría absoluta de sus miembros,
de listas de 10 candidatos conformadas por la Sala de Gobierno Judicial previa
convocatoria pública.
En la integración de la Corte Suprema
de Justicia y del Consejo de Estado, se atenderá el criterio de adecuado
equilibrio entre quienes provienen del ejercicio profesional de la rama
judicial y de la academia.
La ley o en su defecto el reglamento
interno de cada una de estas corporaciones tomará las previsiones necesarias
para dar cumplimiento a este criterio de integración.
Elevan a rango constitucional cobro
de arancel judicial
Se eleva a rango constitucional el
cobro del arancel judicial. El ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra,
explicó que se trata de dar canon constitucional al esquema de financiación de
la administración de justicia por la misma razón que también hay otras cosas
que están consignadas en la ley –algunas estatutarias–, y “no obstante se ha
considerado que resulta bueno apuntalarlas consagrándolas a nivel
constitucional”.
“El arancel ya existe en Colombia y está establecido en la ley. Se trata
de elevarlo a canon constitucional como una forma de administración de
justicia”, aseguró.
En ese sentido, la queja del Polo
Democrático Alternativo no se hizo esperar. Elrepresentante Germán Navas Talero dijo que ahora se podrá
cobrar por cualquier acto de administración de justicia.
Según él, a los colombianos les cobrarán por acceder a la justicia.
Artículo 12
Se garantiza el derecho de toda
persona a acceder a la administración de justicia. La ley indicará en que casos
podrá hacerlo sin la representación de abogados. La ley establecerá los asuntos
en que podrá cobrarse arancel judicial, así como la estructuración, destinación
y causación de dicha contribución
Otro de los artículos aprobados confirma que el juicio político de los
altos dignatarios lo deberá hacer el Senado de la República por petición de la
Cámara de Representantes.
Artículo 3
Corresponde al Senado:
1. Adelantar el juicio político contra el Presidente de la República o
quien haga sus veces, y contra el Vicepresidente de la República previa
solicitud de la Cámara de Representantes.
2. Adelantar el juicio político contra el Fiscal General de la Nación y
los magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y
del Consejo de Estado previa solicitud de la Cámara de Representantes.
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