Despachos de descongestión irán hasta noviembre:
Consejo Superior de la Judicatura
5
de Agosto 8:53 AM ambitojuridico.com
La
Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura decidió prorrogar
hasta noviembre próximo las medidas de descongestión que estaban vigentes hasta
el pasado 31 de julio, y cuya terminación amenazaba con provocar un cese
indefinido de actividades de los funcionarios judiciales.
Previamente,
la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial había solicitado la
revocatoria del Acuerdo PSAA1410195, proferido por esa Sala, que implicaba
la eliminación de despachos y cargos de descongestión.
La
Comisión también pidió retrotraer las medidas al estado en el que se
encontraban, garantizando la continuidad de esos cargos, como si el acuerdo no
los hubiera afectado. Además, le
solicitó una cita al Presidente de la República, para explicarle la importancia
y el alcance que tiene plan de descongestión con la entrada en vigencia de los
códigos General del Proceso y de Procedimiento Administrativo.
El
presidente de la Sala Administrativa, Pedro Octavio Munar, afirmó que la
corporación aceptó la recomendación de la Comisión, “en el sentido de mantener
el tren de descongestión, los cargos de descongestión, hasta donde sea posible,
hasta cuando el dinero que nos ha ofrecido el Gobierno, es decir los 170.000
millones de pesos, alcancen”.
Munar
explicó que todos los cargos de descongestión continuarán hasta noviembre, pues
falta que el Gobierno destine recursos adicionales por 50.000 millones de
pesos, para extenderlos hasta diciembre.
Justamente
ayer, Asonal Judicial había convocado a los funcionarios judiciales a un cese
de actividades, como protesta por el acuerdo que suprimía los cargos
de descongestión y la falta de definición del pliego unificado de peticiones
presentado al Gobierno, que esa organización considera fundamental para la
continuidad del servicio de administración de justicia.
Por
su parte, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado le
había pedido al Consejo Superior de la Judicatura revocar el Acuerdo
PSAA1410195, que determinó cuáles despachos judiciales debían ser
prorrogados por haber cumplido las metas fijadas para mantenerse en
funcionamiento.
A
juicio de la Sala, el acuerdo era ilegal, porque desatendió el artículo 113 del
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA - Ley 1437), que, en su numeral 1º,
exige que esa corporación sea oída antes de tomar cualquier decisión que afecte
el funcionamiento del Consejo de Estado.
La
Corte Constitucional también había advertido que la medida afectaba su trabajo,
pues reducía “significativamente las posibilidades de respuesta oportuna y
satisfactoria de la
corporación respecto de las múltiples demandas ciudadanas que se deben atender
para proteger los derechos, libertades y garantías constitucionales,
desconociendo el derecho de acceso a la administración de justicia”.
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