Vuelve y juega la reforma a la Justicia.
semana.com 13-09-2014
La ley de
equilibrio de poderes es también un profundo revolcón a la Rama Judicial. Estos
son los puntos más importantes.
Para impulsar su
ley de equilibrio de poderes, el presidente Santos visitó hace unos días el
Consejo de Estado. La semana pasada estuvo en la Corte Constitucional y en la
Corte Suprema.
No
es casualidad que para la aprobación de su reforma de equilibrio de poderes el
presidente haya visitado las altas cortes. Lo mismo había hecho en su primer
mandato. “Hace cuatro años, cuando me posesioné, lo primero que hice fue
visitar el Palacio de Justicia”, le dijo el presidente a los magistrados. No es
para menos. Santos sabe que la principal reforma que tiene planeada para su
segundo tiempo no se puede aprobar sin ellos.
Si
algún mensaje quedó claro después del escándalo de la reforma a la Justicia de
hace dos años es que los magistrados tienen mucho poder y que no tienen miedo
de usarlo. Muchos de los micos que hicieron que el presidente hundiera su
propia reforma se le atribuyen a la presión de la rama judicial que no quería
perder sus privilegios. Por eso, el presidente Santos les dijo que es
“necesario que el poder limite al poder”.
Además
de eliminar la reelección presidencial, que ha sido el punto más debatido de la
ley de equilibrio de poderes, lo que plantea el gobierno es un verdadero
revolcón a la Justicia. Muchos puntos prometen levantar ampolla. Estas son las
principales propuestas:
1. No a la reelección
No
solo el presidente tendría prohibido reelegirse, sino también todos los
servidores públicos elegidos por corporaciones u organismos colegiados. El
ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, ha dicho que la figura de la
“reelección es ajena a la tradición colombiana y genera muchos
inconvenientes”.
2. ¿Quién elige al Procurador?
El
proyecto inicial del gobierno planteaba que el procurador fuera elegido por el
Senado de una terna del presidente. La propuesta cayó muy mal en el Congreso y
el mismo Alejandro Ordóñez criticó que el gobierno quisiera que el jefe del
ministerio público fuera “un ministro más”. El senador Armando Benedetti,
coordinador de ponentes de la ley, anunció que se iba a eliminar esa propuesta
y que en lugar de eso el procurador sería elegido por un concurso de
méritos.
3. Tribunal para los aforados
La
eliminación de la Comisión de Acusaciones promete ser la manzana de la
discordia de esta reforma. El gobierno propone que exista un tribunal de
aforados encargado de investigar a los magistrados, al procurador, al contralor
y al fiscal. Como dijo el ministro Cristo la razón para eliminar la comisión es
que “no funciona”. En más de 20 años no ha logrado sancionar a nadie, por lo
cual esos altos cargos prácticamente gozan de impunidad total. El presidente de
la Corte Suprema, Luis Gabriel Miranda, rechazó al nuevo tribunal y propuso que
a los magistrados se les juzgue como al presidente de la República (en los que
la Cámara acusa y el Senado decide). Senadoras como Claudia López y Paloma
Valencia rechazaron la propuesta de Miranda.
4. No más magistrados Bon Bril.
La
reforma soluciona uno de los principales factores de disputa en las altas
cortes: la edad de retiro forzoso. Se aumentaría de 65 a 70 años. Lo que sucede
en la actualidad es que se cree que como una norma de 1979 estableció el límite
de los 65 años, esta edad solo aplica para las cortes que existían antes
de la Constitución de 1991, es decir la Corte Suprema y el Consejo de Estado.
Por lo tanto, en la práctica los únicos magistrados que pueden estar más allá
de esa edad son los de la Corte Constitucional y el Consejo Superior de
la Judicatura. Esa desigualdad había creado conflictos entre los magistrados y
fue uno de los puntos que detonaron el escándalo de la pasada reforma a la
Justicia.
5. Fin a la puerta giratoria
La
reforma le daría un revolcón a la manera de nombrar los altos cargos de la
Justicia. La Corte Suprema y el Consejo de Estado elegirían a sus magistrados
por el sistema de cooptación. Actualmente son elegidos por listas que envía el
Consejo Superior de la Judicatura. También se dobla el requisito de experiencia
de diez a 20 años. Pero el mayor cambio se daría con la prohibición de que los
magistrados salten de una corte a otra, una práctica que ha sido habitual en la
Justicia desde hace décadas. La nueva norma también prohíbe a los magistrados
aspirar a cargos como fiscal, procurador y contralor dentro del año siguiente a
su retiro.
6. No al "Yo te eligo, tú me eliges".
La
reforma eliminaría la práctica de los magistrados y los jefes de organismos de
control de designarse entre sí y nombrarse mutuamente entre sus familiares. El
texto propuesto señala que nadie podrá “nombrar o postular a las personas que
hayan intervenido en su designación, ni a personas vinculadas con estas por
lazos de parentesco”. La reforma acoge la tesis del Consejo de Estado que
declaró la nulidad de la elección del magistrado del Consejo Superior de la
Judicatura Francisco Ricaurte. Las cortes también perderían función nominativa,
es decir que ya no participarán en la elección de contralor ni procurador. Eso
tiene tanto de bueno como de malo. Por un lado, le quita a la Justicia su brazo
más político el cual había hecho que perdieran independencia. Por el otro, le
entrega los órganos de control a los políticos.
7. Adiós al Consejo Superior de la Judicatura
La
corte más criticada de la Justicia no sobrevive a esta reforma. Se crearía en
su reemplazo un ‘sistema nacional de gobierno y administración judicial’.
Estaría compuesta por un director y dos salas. La primera estaría conformada
por los presidentes de las cortes y delegados de la rama judicial. El ministro
de Justicia y el fiscal participarían con voz, pero sin voto. La segunda se
encargaría de la gerencia de la rama y allí también tendrían presencia las tres
altas cortes. La eliminación del Consejo Superior de la Judicatura es percibida
como muy positiva pues se había convertido en un organismo muy politizado y
lleno de escándalos. Es la corte del magistrado Henry Villaraga y del carrusel
de las pensiones.
8. ¿Otro orangután?
Dos
puntos han sido calificados como micos. El primero es que los congresistas
puedan ser nombrados en ministerios, algo que estaba prohibido. El gobierno
asegura que con esto “se pretende darles movilidad laboral”, pero la
norma puede crear una peligrosa puerta giratoria entre el Capitolio y el
Palacio de Nariño. El segundo es la prohibición de investigar
disciplinariamente a los funcionarios que tienen investigaciones penales. Esto
significaría una perdida de poder para el procurador. La propuesta ha caído
mal, pero tiene una justificación y, de hecho, así es en países como Alemania.
Lo que busca es prevenir que existan fallos contradictorios. Por ejemplo, casos
en que los funcionarios son absueltos por la Fiscalía, pero sancionados con
inhabilidades de 20 años, o al revés. Esa es una tesis que ha defendido como
jurista Yesid Reyes, incluso antes de que fuera ministro.
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