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viernes, 16 de marzo de 2012

El trabajo legislativo en 43 días, cuatro debates, segunda vuelta: Reforma a la Justicia.


Así inicia la reforma a la justicia su trámite en segunda vuelta

16 de Marzo 8:36 AM
Ambitojuridico.com

El segundo periodo de la legislatura 2011-2012 tendrá como eje central la reforma a la justicia, que trata aspectos fundamentales del funcionamiento de la Rama Judicial, como la estructura del Consejo Superior de la Judicatura, el otorgamiento de funciones jurisdiccionales a particulares y el juzgamiento de altos funcionarios del Estado.

El proyecto de reforma constitucional, aprobado en primera vuelta, ha generado diferentes reacciones de los sectores involucrados, como el retiro de las altas cortes de la discusión y la invitación del Gobierno para que regresen a concertar la propuesta.

Sobre este aspecto, el Ejecutivo insiste en que los planteamientos de la Rama fueron incluidos en la primera vuelta y que las diferencias no son insuperables.

El fuero militar es uno de los temas más polémicos. Tal y como fue aprobado, se presume que los delitos cometidos en operaciones militares y de policía son actos del servicio y, por lo tanto, su investigación corresponde a la justicia penal militar.

Sin embargo, el Gobierno reaccionó a las críticas y anunció el retiro del artículo y la presentación de una iniciativa de reforma integral a la justicia militar. A pesar de la insistencia del Ejecutivo, hasta el momento, el fuero continúa en la reforma.

Juzgamiento de aforados
En la Corte Suprema de Justicia existiría una Sala de Investigación y Calificación y una Sala de Juzgamiento, encargadas de procesar a los funcionarios aforados. Los integrantes de estas salas no pertenecerían a la Sala de Casación Penal, que actuaría como segunda instancia.

De otro lado, se ampliaría la aplicación de la “silla vacía”, para prohibir las suplencias de los miembros de corporaciones públicas de elección popular, si existe condena penal o medida de aseguramiento por delitos electorales, políticos y culposos.

La iniciativa también consagra el hábeas iuris, como un instrumento de garantía y defensa de los derechos fundamentales en los procesos. Este mecanismo, criticado tanto por el Gobierno como por las cortes, se podría interponer ante la autoridad judicial de superior jerarquía y tendría que resolverse en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Funciones judiciales a particulares
Otro aspecto que ha generado diferencias entre los poderes públicos es el otorgamiento de funciones jurisdiccionales a particulares.

El Gobierno ha insistido en que no pretende privatizar la justicia. Por el contrario, destaca que su iniciativa descongestionará los despachos, mediante la entrega de funciones judiciales a abogados, jueces adjuntos, notarios, centros de arbitraje y al Congreso de la República. En todo caso, esta medida deberá reglamentarse.

Nominación de altos funcionarios
En cuanto a la elección de altos funcionarios del Estado, la Cámara de Representantes sería la competente para elegir al Contralor General de la República, de una lista conformada mediante un mecanismo no definido, que se determinará en una nueva ley.

Las altas cortes ya no participarían en la postulación de candidatos a Procurador General de la Nación. La terna sería definida por el Presidente de la República y la elección le correspondería al Senado.

Los cambios que se pedían para la elección del Auditor General de la Nación, el Registrador Nacional del Estado Civil y el Defensor del Pueblo fueron suprimidos.

No obstante, el proceso cambiaría en la elección de magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado, pues serían elegidos por la mayoría absoluta de sus miembros, de listas de cinco candidatos conformadas mediante convocatoria pública.

El juzgamiento del Procurador y del Contralor ya no le correspondería a la Corte Suprema de Justicia. En este caso, el Senado conocería las acusaciones que formule la Cámara de Representantes. El mismo procedimiento aplicaría para el Vicepresidente de la República y los miembros del Consejo Nacional Electoral.

De otro lado, se propone que el término para legalizar capturas, allanamientos e interceptaciones de comunicaciones pueda extenderse a 72 horas.

Sobre la responsabilidad patrimonial del Estado, la reforma faculta al Gobierno para que proponga una ley que limite los montos de las indemnizaciones.

Presupuesto para la justicia
En el cuarto debate al proyecto, se incluyó un artículo transitorio, que ordena que dentro del año siguiente a la expedición de la reforma se tramite una ley para definir la nivelación y la diferenciación salarial de los funcionarios y empleados de la Rama Judicial.

Finalmente, un aspecto que el Gobierno y las altas cortes consideran central es el fortalecimiento presupuestal. Si se aprueba este acto legislativo, el presupuesto de la Rama crecerá en un porcentaje igual al de la tasa de inflación esperada, más un incremento adicional del 2 %.

Además, durante los cinco años siguientes a la promulgación del acto legislativo, el Gobierno deberá asignar un billón de pesos para descongestión judicial.

(Congreso de la República, informe de conciliación P. A. L. 007-11S-009-11S-011-11S-012-11S-013-11S-143-11C, dic. 16/11)



Consejo Superior de la Judicatura no se suprime

El texto aprobado en primera vuelta de la reforma a la justicia no elimina el Consejo Superior de la Judicatura, pero sí su Sala Administrativa.

Así mismo, crea la Sala de Gobierno, que definiría las políticas de la administración de justicia y estaría integrada por 10 miembros, incluidos los presidentes de las altas cortes, delegados de los magistrados y jueces y de los empleados judiciales.

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