Así inicia la reforma a la justicia su trámite en
segunda vuelta
16 de Marzo 8:36
AM
Ambitojuridico.com
El segundo periodo
de la legislatura 2011-2012 tendrá como eje central la reforma a la justicia,
que trata aspectos fundamentales del funcionamiento de la Rama Judicial, como
la estructura del Consejo Superior de la Judicatura, el otorgamiento de
funciones jurisdiccionales a particulares y el juzgamiento de altos
funcionarios del Estado.
El proyecto de
reforma constitucional, aprobado en primera vuelta, ha generado diferentes
reacciones de los sectores involucrados, como el retiro de las
altas cortes de la discusión y la invitación del Gobierno para
que regresen a concertar la propuesta.
Sobre este
aspecto, el Ejecutivo insiste en que los planteamientos de la Rama
fueron incluidos en la primera vuelta y que las diferencias no son
insuperables.
El fuero militar
es uno de los temas más polémicos. Tal y como fue aprobado, se presume que los
delitos cometidos en operaciones militares y de policía son actos del servicio
y, por lo tanto, su investigación corresponde a la justicia penal militar.
Sin embargo, el
Gobierno reaccionó a las críticas y anunció el retiro del artículo y la
presentación de una iniciativa de reforma integral a la justicia militar. A
pesar de la insistencia del Ejecutivo, hasta el momento, el fuero continúa en
la reforma.
Juzgamiento de
aforados
En la Corte
Suprema de Justicia existiría una Sala de Investigación y Calificación y una
Sala de Juzgamiento, encargadas de procesar a los funcionarios aforados. Los
integrantes de estas salas no pertenecerían a la Sala de Casación Penal, que
actuaría como segunda instancia.
De otro lado, se
ampliaría la aplicación de la “silla vacía”, para prohibir las suplencias
de los miembros de corporaciones públicas de elección popular, si existe
condena penal o medida de aseguramiento por delitos electorales, políticos y
culposos.
La iniciativa
también consagra el hábeas iuris, como un instrumento de garantía y
defensa de los derechos fundamentales en los procesos. Este mecanismo,
criticado tanto por el Gobierno como por las cortes, se podría interponer ante
la autoridad judicial de superior jerarquía y tendría que resolverse en un
plazo máximo de 10 días hábiles.
Funciones
judiciales a particulares
Otro aspecto que
ha generado diferencias entre los poderes públicos es el otorgamiento de
funciones jurisdiccionales a particulares.
El Gobierno ha
insistido en que no pretende privatizar la justicia. Por el contrario, destaca
que su iniciativa descongestionará los despachos, mediante la entrega
de funciones judiciales a abogados, jueces adjuntos, notarios, centros de
arbitraje y al Congreso de la República. En todo caso, esta medida deberá
reglamentarse.
Nominación de
altos funcionarios
En cuanto a la
elección de altos funcionarios del Estado, la Cámara de Representantes sería la
competente para elegir al Contralor General de la República, de una lista
conformada mediante un mecanismo no definido, que se determinará en una nueva
ley.
Las altas cortes
ya no participarían en la postulación de candidatos a Procurador General de la
Nación. La terna sería definida por el Presidente de la
República y la elección le correspondería al Senado.
Los cambios que se
pedían para la elección del Auditor General de la Nación, el Registrador
Nacional del Estado Civil y el Defensor del Pueblo fueron suprimidos.
No obstante, el
proceso cambiaría en la elección de magistrados de la Corte Suprema y del
Consejo de Estado, pues serían elegidos por la mayoría absoluta de sus
miembros, de listas de cinco candidatos conformadas mediante convocatoria
pública.
El juzgamiento del
Procurador y del Contralor ya no le correspondería a la Corte Suprema de
Justicia. En este caso, el Senado conocería las acusaciones
que formule la Cámara de Representantes. El mismo procedimiento aplicaría para
el Vicepresidente de la República y los miembros del Consejo Nacional
Electoral.
De otro lado, se
propone que el término para legalizar capturas, allanamientos e interceptaciones
de comunicaciones pueda extenderse a 72 horas.
Sobre la
responsabilidad patrimonial del Estado, la reforma faculta al Gobierno para que
proponga una ley que limite los montos de las indemnizaciones.
Presupuesto para
la justicia
En el cuarto
debate al proyecto, se incluyó un artículo transitorio, que ordena que dentro
del año siguiente a la expedición de la reforma se tramite una ley para definir
la nivelación y la diferenciación salarial de los funcionarios y empleados de
la Rama Judicial.
Finalmente, un
aspecto que el Gobierno y las altas cortes consideran central es el
fortalecimiento presupuestal. Si se aprueba este acto legislativo, el
presupuesto de la Rama crecerá en un porcentaje igual al de la tasa de
inflación esperada, más un incremento adicional del 2 %.
Además, durante
los cinco años siguientes a la promulgación del acto legislativo, el Gobierno
deberá asignar un billón de pesos para descongestión judicial.
(Congreso de la
República, informe de conciliación P. A. L.
007-11S-009-11S-011-11S-012-11S-013-11S-143-11C, dic. 16/11)
Consejo Superior
de la Judicatura no se suprime
El texto aprobado
en primera vuelta de la reforma a la justicia no elimina el Consejo Superior de
la Judicatura, pero sí su Sala Administrativa.
Así mismo, crea la
Sala de Gobierno, que definiría las políticas de la administración de justicia
y estaría integrada por 10 miembros, incluidos los presidentes de las altas
cortes, delegados de los magistrados y jueces y de los empleados judiciales.
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