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jueves, 15 de marzo de 2012

Informe de Prensa No. 002: Observatorio Nacional Permanente sobre la Administración de Justicia.


Observatorio Nacional Permanente sobre la Administración de Justicia

Oficina de Prensa Nº 002
Observatorio Nacional de la Administración de Justicia
Bogotá, noviembre 28 de 2011

A más tardar en esta semana, será radicado en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes, el proyecto de ley sobre la Reforma a la Justicia, donde seguirá su trámite.

El Observatorio Nacional Permanente de la Administración de Justicia, ente que agrupa a magistrados, jueces, fiscales, investigadores judiciales, empleados y abogados y representado por su Directora Ejecutiva, María del Pilar Arango Hernandez, solicita que no se siga dando trámite al proyecto, principalmente por no ser una reforma que se ajuste a las necesidades del país.

El Observatorio Nacional Permanente sobre la Administración de Justicia se opone a los siguientes puntos:

1. Bajo la excusa de la “congestión judicial”, cuyo origen es la falta de presupuesto real para la Rama Judicial, las funciones que hoy desempeñan los Jueces de la Republica serán entregadas a notarios, abogados en ejercicio y empleados judiciales, que no están especialmente formados ni capacitados para administrar Justicia y que pueden llegar a tener intereses personales en determinados pleitos. Ello lesiona el acceso de los ciudadanos a una verdadera justicia (Art. 4 Acto Legislativo Nº07 de 2011).

2. El aumento de recursos para la Rama Judicial dependería de un porcentaje igual al de la tasa de inflación esperada y no de un porcentaje del Producto Interno Bruto. Asignación transitoria y no permanente de recursos destinados a la descongestión judicial. (Parágrafo Art. 12 Acto Legislativo Nº07 de 2011).

3. Atribución de funciones como la práctica de visitas generales y el poder preferente a funcionarios de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, que serán elegidos por el Congreso de ternas enviadas por el Gobierno, lo que traería consigo la eliminación de la separación de poderes, base de nuestro sistema constitucional, al ser el Ejecutivo el que en últimas elige el Poder Judicial. (Art. 14, Acto Legislativo Nº07 de 2011).

4. Eliminación del artículo que incluía la Colegiatura Obligatoria para Abogados.

5. Elección de los Magistrados de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, mediante métodos que no corresponden al concurso público de méritos. (Art. 14 Acto Legislativo Nº07 de 2011).

Por lo anterior, el Observatorio Nacional Permanente sobre la Administración de Justicia considera que la justicia en Colombia, definitivamente requiere una reforma, pero no en los términos que hoy se proponen, por lo que dejamos constancia de las graves consecuencias que acarrearía la aprobación del actual proyecto de Reforma a la Justicia.

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